PENSIONES GRACIABLES
HABER MINIMO
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
04-Oct-1977
Resumen:
AUTORIZASE AL PODER EJECUTIVO PARA ESTABLECER EL HABER MINIMO DE LAS PENSIONES GRACIABLES Y LOS HABERES DE LAS PENSIONES A LA VEJEZ, POR INVALIDEZ Y DEMAS PRESTACIONES NO CONTRIBUTIVAS QUE SE ATIENDEN CON IMPUTACION AL ART. 3º DE LA LEY Nº 18.748.