Presidencia de la Nación

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


FIESTAS NACIONALES

Ley N° 20.561 

Fíjase el Día de la Afirmación de los Derechos Argentinos sobre las Malvinas, islas y sector antártico

Sancionada: Noviemnre: 14 de 1973.

Promulgada: Noviembre 30 de 1973.

POR CUANTO:

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN ARGENTNA REUNIDOS EN CONGRESO SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY:

ARTICULO 1° - Fíjase como Día de la Afirmación de los Derechos Argentinos sobre las Malvinas, Islas y sector antártico, el 10 de junio, expresión de soberanía que se celebrará todos los años en todo el país.

ARTICULO 2° - Ese día y a una misma hora se conmemorará el fasto en los establecimientos de enseñanza de todos los ciclos, del Estado y particulares, unidades y oficinas de las Fuerzas Armadas, sedes judiciales y dependencias de la administración pública, dentro y fuera del territorio, con actos alusivos, dictándose al efecto: Clases especiales y conferencias en las que señalarán los antecedentes históricos, la legitimidad de los títulos argentinos y la forma en que ella se ejercita en el sector austral.

ARTICULO 3° - Asimismo y como protesta simbólica contra las agresiones sufridas por la República en la región, se embanderarán e iluminarán obligatoriamente en esa fecha, todos los edificios donde funcionen dependencias oficiales.

ARTICULO 4° - Comuníquese, al Poder Ejecutivo.

Dada en la sala de Sesiones del Congreso Argentino en Buenos Aires, a los catorce días mes de noviembre del año mil novecientos setenta y tres.

      J. A. ALLENDE            S. F. BUSACCA

     Aldo H. I. Cantoni        Aldo L. Rocamora

- Registrada bajo el N° 20.561-
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