EMPRESAS DEL ESTADO
DEPOSITOS DE FONDOS EN BANCOS OFICIALES
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
27-Sep-1971
Resumen:
ESTABLECESE QUE LAS EMPRESAS COMERCIALES O INDUSTRIALES DEL ESTADO NACIONAL DEBERAN DEPOSITAR SUS FONDOS EN LOS BANCOS OFICIALES NACIONALES, PROVINCIALES Y MUNICIPALES.