EXPROPIACIONES
BIENES SUJETOS A EXPROPIACION
Fecha de sanción
Resumen:
ESTAN SUJETOS A ESPROPIACION AQUELLOS BIENES DEL DOMINIO PROVINCIAL O DE PARTICULARES CUYA OCUPACION SE REQUIERA PARA EJECUTAR OBRAS DE UTILIDAD NACIONAL.
Observaciones:
LA NUMERACION DE LA PRESENTE LEY CORRESPONDE A LAS LEYES NUMEROS 1 A 10366 SANCIONADAS POR EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL EN LA ACTUAL CAPITAL FEDERAL DE BUENOS AIRES DURANTE LOS PERIODOS LEGISLATIVOS DE 1862 A 1917. PUBLICADA EN REGISTRO NACIONAL DE LA REPUBLICA AGENTINA - 1863 - 1869 - TOMO V - (PARTE SEGUNDA 3 DE FEBRERO DE 1852 A 31 DE DICIEMBRE DE 1869). EL PRESENTE TEXTO CONSERVA LA REDACCION ORIGINAL DE LA LEY.