CINEMATROGRAFIA
CREACION ENTE DE CALIFICACION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
07-Ene-1969
Resumen:
NO PODRA RESTRINGIRSE EN TODO EL AMBITO DEL PAÍS, LA LIBERTAD DE EXPRESION CINEMATOGRAFICA EN CUALQUIERA DE SUS MANIFESTACIONES Y CUALQUIERA SEA EL MEDIO DE EXHIBICIÓN QUE SE UTILICE, SALVO CUANDO RAZONES EDUCACIONALES O EL RESGUARDO DE LA MORAL PUBLICA, LAS BUENAS COSTUMBRES O LA SEGURIDAD NACIONAL ASI LO REQUIERAN, EN CUYO CASO EL ORGANISMO DE APLICACION PODRA DISPONER PROHIBICIONES Y CORTES EN LAS PELICULAS Y COLAS QUE SEAN SOMETIDAS PARA SU CALIFICACION EN VIRTUD DE LO DISPUESTO POR LA PRESENTE LEY.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 1 DE LA LEY 23052 . BOLETIN OFICIAL 21/03/1984.-