SANIDAD VEGETAL
ESTABLECIMIENTOS- INSCRIPCION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
17-Ene-1968
Resumen:
TODO ESTABLECIMIENTO OFICIAL O PARTICULAR DEDICADO A LA PRODUCCION O COMERCIALIZACION DE PLANTAS DEBERA INSCRIBIRSE EN UN REGISTRO OFICIAL HABILITADO POR LA DIRECCION NACIONAL DE SANIDAD VEGETAL.