Presidencia de la Nación

Ley 16526

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


NAVEGACION Y PUERTOS

BUQUES - ARTEFACTOS NAVALES - AERONAVES - RESTOS NAUFRAGOS

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 25-Ene-1965
Resumen:

SERAN EXTRAIDOS, REMOVIDOS O DEMOLIDOS LOS BUQUES, ARTEFACTOS NAVALES Y AERONAVES O SUS RESTOS NAUFRAGOS HUNDIDOS O ENCALLADOS EN AGUAS JURISDICCIONALES ARGENTINAS.

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