EMPLEADOS PRIVADOS
INDEMNIZACIONES
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
09-Dic-1960
Resumen:
ELEVESE A LA SUMA DE MONEDA NACIONAL DOSMIL QUINIENTOS (2500) EL TOPE MAXIMO DE LA INDEMNIZACION POR ANTIGUEDAD.
Observaciones:
ABROGADA POR ART. 58 DE LA LEY 16881 - BO. 19/5/1966.-