REPARTICIONES NACIONALES - DEPENDENCIA
DETERMINASE LA MISMA PARA AQUELLAS QUE ADMINISTRAN RECURSOS PROVENIENTES DEL PRODUCIDO DE LOTERIA
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
24-Nov-1949
Resumen:
LAS REPARTICIONES Y DEPENDENCIAS DEL ESTADO NACIONAL QUE ADMINISTRAN RECURSOS PROVENIENTES DEL PRODUCIDO DE LOTERIA, CARRERAS Y CASINOS, PASARAN A DEPENDER DEL MINISTERIO DE HACIENDA DE LA NACION
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 20 DE LA LEY N° 18.226, B.O. 25/06/1969, PAGINA 1.