Presidencia de la Nación

Ley 13652

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


REPARTICIONES NACIONALES - DEPENDENCIA

DETERMINASE LA MISMA PARA AQUELLAS QUE ADMINISTRAN RECURSOS PROVENIENTES DEL PRODUCIDO DE LOTERIA

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 24-Nov-1949
Resumen:

LAS REPARTICIONES Y DEPENDENCIAS DEL ESTADO NACIONAL QUE ADMINISTRAN RECURSOS PROVENIENTES DEL PRODUCIDO DE LOTERIA, CARRERAS Y CASINOS, PASARAN A DEPENDER DEL MINISTERIO DE HACIENDA DE LA NACION

Observaciones:

ABROGADA POR EL ARTICULO 20 DE LA LEY N° 18.226, B.O. 25/06/1969, PAGINA 1.

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