LEYES IMPOSITIVAS MUNICIPALES
MODIFICACION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
21-Oct-1948
Resumen:
SUSTITUYENSE ARTICULOS DE LA LEY 12704. DEROGANSE INCISOS DEL ARTICULO 1º DE LA LEY 12704. LA TASA DE LOS GRAVAMENES QUE AUTORIZA LA PRESENTE LES SERA FIJADA ANUALMENTE POR ORDENANZA MUNICIPAL.
Observaciones:
ABROGADA POR LA LEY 19987 ART. 110 - BOLETIN OFICIAL 6-12-1972 PAG. 2