Organización Mundial de la Salud
Ley N° 13.211
Buenos Aires, 12 de Julio de 1948.
POR CUANTO:
El SENADO Y Cámara de diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de
LEY:
LEY:
ARTICULO 1° - Apruébase la constitución de la Organización Mundial de la Salud y el protocolo concerniente a la Oficina Internacional de Higiene pública, documentos firmados en Nueva York por los delegados argentinos, el 22 de Julio de 1946.
ARTICULO 2° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los treinta días del mes de Junio del año mil novecientos cuarenta y ocho.
| J.H. QUIJANO | H.J. CAMPORA |
| Alberto J. Reales | L. Zavalla Carbó |
-Registrada bajo el N° 13.211-