MINISTERIO DE HACIENDA
IMPUESTO A LAS HERENCIAS
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
15-Dic-1923
Resumen:
TODO ACTO REALIZADO ANTE LA AUTORIDAD DE LOS JUECES O ANTE LOS ESCRIBANOS DE REGISTROS QUE EXTERIORICE LA TRANSMISION GRATUITA POR CAUSA DE MUERTE, ANTICIPO DE HERENCIA O DONACION DE BIENES, MUEBLES E INMUEBLES, CREDITOS, VALORES, ETC, EXISTENTES EN LA CAPITAL FEDERAL O TERRITORIOS NACIONALES, ESTARA SUJETO A UN IMPUESTO SOBRE EL MONTO DE CADA HIJUELA, LEGADO, ANTICIPO O DONACION.
Observaciones:
ABROGADA POR LEY 20046 - B.O. 29/12/1972