Presidencia de la Nación

Ley 11110

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


JUBILACIONES

PENSIONES-SERVICIO PUBLICO

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 24-Feb-1921
Resumen:

CREASE LA CAJA NACIONAL DE JUBILACIONES, PENSIONES Y SUBSIDIOS PARA EL PERSONAL PERMANENTE DE LAS EMPRESAS PARTICULARES DE TRANVIAS, TELEFONOS, TELEGRAFOS, GAS, ELECTRICIDAD Y RADIOTELEGRAFIA, CONSTITUIDO EN VIRTUD DE AUTORIZACION DEL GOBIERNO NACIONAL O DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CAPITAL FEDERAL, AUN CUANDO ESTAS POR SU NATURALEZA, SE EXTIENDAN MAS ALLA DEL PERIMETRO MUNICIPAL.-

Observaciones:

ABROGADA POR LEY 18037 ART. 93 - B.O. 10-01-1969- VIGENCIA ESPECIAL POR ART 95 A PARTIR DEL 01-01-1969

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