JUBILACIONES Y PENSIONES
ANTICIPOS A CUENTA DE PRESTACIONES
Resumen:
LA PRESENTE INSTRUCCION DETERMINA LOS PROCEDIMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE ANTICIPOS A CUENTA DE PRESTACIONES, SU LIQUIDACION, SU RECUPERO, Y PAGO DE LOS RETROACTIVOS DE LAS PROPORCIONES A CARGO DEL REGIMEN PREVISIONAL PUBLICO A QUE TIENEN DERECHO LOS AFILIADOS AL REGIMEN DE CAPITALIZACION O SUS DERECHOHABIENTES. MODIFICACION DE LAS INSTRUCCIONES 199/95 Y 20/99; Y, DE LA RESOLUCION SAFJP 379/96. (NOTA: ESTA NORMA NO SE RELACIONO CON UNO DE SUS ANTECEDENTES - INSTRUCCION 20/99- YA QUE SEGUN SURGE DE NUESTROS REGISTROS NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL ABROGADA POR ART. 165 DE LA INSTRUCCION 6/05 - BO 15/3/2005).-).-