MINISTERIO DEL INTERIOR
APORTE PARA LA IMPRESION DE BOLETAS - VALOR DE REFERENCIA
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
10-Mayo-2023
Resumen:
DETERMINASE EN LA SUMA DE PESOS DOS CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS ($ 2,92.-) LA UNIDAD DE BOLETA DE DOCE CENTIMETROS POR DIECINUEVE CENTIMETROS (12 CM. POR 19 CM.) COMO VALOR DE REFERENCIA DEL APORTE PARA LA IMPRESION DE BOLETAS, EN EL MARCO DE LOS PROCESOS ELECTORALES NACIONALES A DESARROLLARSE DURANTE EL AÑO 2023, CONFORME LO ESTABLECIDO EN LOS ARTICULOS 35 DE LA LEY Nº 26.215 Y SUS MODIFICATORIAS Y 32 DE LA LEY N° 26.571 Y SUS MODIFICATORIAS.