Presidencia de la Nación

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS


ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Normas para la Distribución de la Cuenta "DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA - Cuenta de Jerarquización" y del Régimen de Jerarquización para el personal de la ex-ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS - Régimen de transición - Disposición Nº 442/99 (AFIP) y sus modificatorias - S/Situación de Regiones y Departamento Promoción Industrial.

Disposición Nº 792/99 (AFIP)

Bs. As., 9/12/99

VISTO la Disposición Nº 442 (AFIP) del 7 de julio de 1999 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante tales actos se aprobaron las normas que regulan la distribución de las partes selectivas de los regímenes de jerarquización para el personal de la ex-DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA y de la ex-ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS, reglamentarias de lo establecido en la Resolución M.E. y O. S. P. Nº 839 del 2 de julio de 1999.

Que en orden a lo allí normado, las Jefaturas que deben intervenir en el proceso de evaluación del personal del ex-Organismo citado en primer término deben ser las que se encuentren en funciones al término del período que se evalúa, en tanto acrediten un mínimo de DOS (2) meses en los respectivos cargos.

Que entre las modificaciones introducidas en el régimen comentado por Disposición Nº 745 (AFIP) del 19 de noviembre de 1999, se ha fijado un nuevo período para la evaluación, que en el caso de la ex-DGI se extiende desde el 1º de julio hasta el 30 de noviembre de 1999.

Que en ese lapso se han producido diversas modificaciones en lo que hace a los funcionarios designados para ejercer cargos de Jefatura de nivel de Región, razón por la cual algunos de ellos no acreditan la antigüedad total para evaluar que la norma les exige.

Que frente a lo expuesto resulta necesario adoptar una medida de excepción que asegure que el proceso de evaluación actualmente en curso se desarrolle sin contratiempos.

Que en otro orden de ideas, y con la conformidad de la Subdirección General de Contralor, cabe asignar al FONA de esa área al Departamento Promoción Industrial, toda vez que su dependencia directa en la Dirección General Impositiva implicaría, en las condiciones actuales, la distribución de su personal entre los FONAs creados en jurisdicción de esta última.

Que en atención a lo propuesto por la Subdirección General de Recursos humanos, en ejercicio de las atribuciones que conferidas por la Resolución M.E. y O.S.P. Nº 839/99, y en orden a la delegación efectuada mediante Disposición (AFIP) Nº 5 del 21 de julio de 1997, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA A CARGO DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

ARTICULO 1º — Las Jefaturas de Región que deben intervenir en el proceso de evaluación del personal a los efectos de la distribución de la Cuenta "DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA - Cuenta de Jerarquización" por el período comprendido entre el 1º de junio y el 30 de noviembre de 1999, quedan exceptuadas del plazo mínimo de actuación que al efecto se les requiere en el artículo 14 de las Normas aprobadas por Disposición (AFIP) Nº 442/99 y sus modificatorias.

ARTICULO 2º — Establecer que el Departamento Promoción Industrial, dependiente jerárquicamente de la Dirección General Impositiva, integre en FONA Nº 13 (Subdirección General de Contralor - Dirección de Auditoría).

ARTICULO 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Cont. Púb. JORGE EDUARDO SANDULLO, Director General, Dirección General Impositiva a/c Administración Federal de Ingresos Públicos.

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