Presidencia de la Nación

Disposición 747 / 2001

DIRECCION NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR


LEALTAD COMERCIAL

RES. EX- SIC Y M NROS. 404 Y 924/99

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 03-Dic-2001
Resumen:

ESTABLECESE QUE EN LOS CASOS EN QUE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS VERIFIQUE LA FALTA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE CERTIFICACION ESTABLECIDOS POR LAS RESOLUCIONES EXS.I.C. Y M. NROS. 404 Y 924/99, PODRA AUTORIZAR EL LIBRAMIENTO DE LA RESPECTIVA MERCADERIA SIN DERECHO A USO, INTERVENIDA EN LOS TERMINOS DE LA LEY NRO. 22.802.

Observaciones:

ABROGADA POR ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION N° 237/2024 DE LA SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO B.O. 30/08/2024 PAGINA 42. VIGENCIA: A PARTIR DE LOS TREINTA DIAS CORRIDOS AL DE SU PUBLICACION EN EL BOLETIN OFICIAL.

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