ESPECIALIDADES MEDICINALES
ARANCELES
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
22-Dic-1997
Resumen:
ESTABLECESE LA FECHA EN QUE DEBE ABONARSE EL ARANCEL CORRESPONDIENTE AL AÑO 1996, FIJADO POR EL ART. 14 DE LA RES. CONJ. MEYOSP 470/92 Y MSAS Nº 268/92, PARA EL MANTENIMIENTO EN EL REGISTRO DE ESPECIALIDADES MEDICINALES COMERCIALIZADAS AL PUBLICO