MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DIRECCIÓN GENERAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL
Disposición 7/2022
DI-2022-7-APN-DGRPICF#MJ
Ciudad de Buenos Aires, 14/09/2022
VISTO lo establecido por el Art. 20 de la ley 25246 y la Resolución N° 112 de fecha 19 de octubre de 2021 dictada por la Unidad de Información Financiera y
CONSIDERANDO:
Que el Registro a mi cargo reviste el carácter de sujeto obligado en los términos del Art. 20, inc. 6, de la ley 25246, encontrándose alcanzado por el deber de informar establecido en el Art. 21 de la ley cit.
Que mediante Resolución N.º 112 / 2021, la Unidad de Información Financiera requiere que los sujetos obligados enumerados en los incisos 6 y 15 del Artículo 20 de la ley 25246 recaben información completa y actualizada de los o el beneficiario final; entendiéndose como tal, toda persona que posea al menos el 10% del capital o de los derechos a voto de una persona jurídica, un fideicomiso, un fondo de inversión, un patrimonio de afectación y/o de cualquier otra estructura jurídica, o bien, las personas humanas que por otros medios ejerzan el control final de las mencionadas entidades jurídicas (Art. 2° y 8°, Resolución N.º 112 / 2021).
Que dicha resolución, asimismo, dispuso la incorporación como inciso g) del artículo 3° de la Resolución UIF N° 29/2011 y como inciso g) del artículo 4° de la Resolución UIF N°41/2011 el siguiente: “El cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución UIF sobre Personas Expuestas Políticamente y la verificación de que los Clientes no se encuentren incluidos en los listados de terroristas y/u organizaciones terroristas de conformidad con lo prescripto en la Resolución UIF vigente en la materia. Asimismo, deberá identificar a los beneficiarios finales, como así también la actualización de la información respecto de los mismos, en los términos y condiciones establecidos en la normativa de la UIF relativa al Beneficiario/a Final”.
Que, asimismo, los sujetos obligados deben llevar un listado digital actualizado de los beneficiarios finales.
Que este Registro carece de facultades de contralor o fiscalización respecto de los otorgantes del acto traído a registración y solo resulta competente para recabar del autorizante del documento la información que este tuviere disponible en su carácter de sujeto obligado.
Que, en ese sentido, traído a registración un documento de transmisión del dominio donde resulte de aplicación la identificación del Beneficiario Final prevista en el Art. 5° de la Resolución N.º 112 / 2021, es preciso que el autorizante del acto proporcione a este Registro los personales del o los beneficiarios finales en orden a lo impuesto por el Art. 8° de la citada resolución.
Que, asimismo, dicho autorizante deberá tratarse de uno de los sujetos obligados incluidos en el Art. 20, inciso 12 de la ley 25246.
Que la presente Disposición Técnico Registral se dicta en uso de las facultades establecidas por el Art. 173, inc. a, y 174 del Decreto 2080/80 (T.O. 1999).
Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL,
DISPONE:
ARTÍCULO 1°. Traído a registración un documento de transmisión del dominio o constitución de derecho real de usufructo, autorizado a partir del 26 de septiembre de 2022, mediante el cual uno de los sujetos enumerados en el art. 2 de la Res. 112/2021 adquiera la titularidad de dominio del inmueble y/o que resulte su usufructuario, y siempre que el autorizante del acto se trate de uno de los sujetos obligados incluidos en el Art. 20, inciso 12 de la ley 25246, se deberá informar a este Registro: el nombre y apellido, DNI, domicilio real, nacionalidad, fecha de nacimiento, profesión, estado civil, porcentaje de participación y/o titularidad y/o control, CUIT/CUIL y la condición de Persona Expuesta Políticamente, del o de los beneficiarios finales.
(Artículo sustituido por art. 1° de la Disposición N° 18/2023 de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal B.O. 23/10/2023)
ARTÍCULO 2°. A ese fin, aprobar el formulario de declaración de beneficiario final cuya copia se adjunta a la presente como Anexo I. El autorizante de un acto comprendido en lo dispuesto por el artículo 1° deberá cumplir con la previa precarga online de datos en el sitio web habilitado a ese efecto por este Registro y acompañar al documento el formulario de declaración de beneficiario final suscripto por el otorgante del acto.
ARTÍCULO 3°. En los trámites digitales, el formulario de declaración de beneficario final deberá acompañarse como documento no registrable.
ARTÍCULO 4°. La presente disposición entrará en vigencia el día 26 de septiembre de 2022.
ARTÍCULO 5°. Hágase saber a las Direcciones de Registraciones Especiales y Publicidad Indiciaria, de Registraciones Reales y Publicidad, de Apoyo Técnico y Fiscalización Interna y de Interpretación Normativa y Procedimiento Recursivo y, por su intermedio, a sus respectivos Departamentos y Divisiones.
ARTÍCULO 6°. Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional de Registro Oficial y Archívese.
Soledad Mariella Barboza
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)
En cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución 112/2021 de la Unidad de Información Financiera artículo 2, el que suscribe XXXXX YYYYY en mi caracter de Beneficiario Final, por la presente DECLARO BAJO JURAMENTO que la información consignada en la presente declaración jurada es exacta y verdadera, y que: BENEFICIARIO FINAL UNO, BENEFICIARIO FINAL TRES, BENEFICIARIO FINAL DOS, es/son Beneficiario/s Final/es de la/s entidad/es aquí consignada/s.
Código de Formulario: 1481886795
Escritura y Operación
Escribano Autorizante: ESCRIBANO AUTORIZANTE
Registro Notarial: 9999, Capital Federal
Número de Escritura: 1 de Fecha 25/08/2023
Inmueble: Matricula: 21-212121
Operación: COMPRA VENTA
Datos de la Entidad 1 :
Denominación: ENTIDAD X
Tipo Societario: Sociedad Anónima
CUIT: 30707794549
Datos del Beneficiario Final 1.1:
Nombre y Apellido: BENEFICIARIO, FINAL UNO
Documento: Tipo 1 Nº 7077945
CUIT: 30707794549
Domicilio Real: DOMICILIO REAL, LOCALIDAD
Nacionalidad: Argentina
Fecha de Nacimiento: 25/08/2023
Estado Civil: Soltero
Actividad: Empresario
Determinado por: Porcentaje 33.33
Es PEP: No
Datos del Beneficiario Final 1.2 :
Nombre y Apellido: BENEFICIARIO, FINAL TRES
Documento: Tipo 1 Nº 70779454
CUIT: 30707794549
Domicilio Real: DOMICILIO REAL, LOCALIDAD
Nacionalidad: Argentina
Fecha de Nacimiento: 25/08/2023
Estado Civil: Soltero
Actividad: Empresario
Determinado por: Porcentaje 33.33
Es PEP: No
Datos del Beneficiario Final 1.3 :
Nombre y Apellido: BENEFICIARIO, FINAL DOS
Documento: Tipo 1 Nº 70779454
CUIT: 30707794549
Domicilio Real: DOMICILIO REAL, LOCALIDAD
Nacionalidad: Argentina
Fecha de Nacimiento: 25/08/2023
Estado Civil: Soltero
Actividad: Empresario
Determinado por: Porcentaje 33.33
Es PEP: No
DIRECCIÓN GENERAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL
Disposición 7/2022
DI-2022-7-APN-DGRPICF#MJ
Ciudad de Buenos Aires, 14/09/2022
VISTO lo establecido por el Art. 20 de la ley 25246 y la Resolución N° 112 de fecha 19 de octubre de 2021 dictada por la Unidad de Información Financiera y
CONSIDERANDO:
Que el Registro a mi cargo reviste el carácter de sujeto obligado en los términos del Art. 20, inc. 6, de la ley 25246, encontrándose alcanzado por el deber de informar establecido en el Art. 21 de la ley cit.
Que mediante Resolución N.º 112 / 2021, la Unidad de Información Financiera requiere que los sujetos obligados enumerados en los incisos 6 y 15 del Artículo 20 de la ley 25246 recaben información completa y actualizada de los o el beneficiario final; entendiéndose como tal, toda persona que posea al menos el 10% del capital o de los derechos a voto de una persona jurídica, un fideicomiso, un fondo de inversión, un patrimonio de afectación y/o de cualquier otra estructura jurídica, o bien, las personas humanas que por otros medios ejerzan el control final de las mencionadas entidades jurídicas (Art. 2° y 8°, Resolución N.º 112 / 2021).
Que dicha resolución, asimismo, dispuso la incorporación como inciso g) del artículo 3° de la Resolución UIF N° 29/2011 y como inciso g) del artículo 4° de la Resolución UIF N°41/2011 el siguiente: “El cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución UIF sobre Personas Expuestas Políticamente y la verificación de que los Clientes no se encuentren incluidos en los listados de terroristas y/u organizaciones terroristas de conformidad con lo prescripto en la Resolución UIF vigente en la materia. Asimismo, deberá identificar a los beneficiarios finales, como así también la actualización de la información respecto de los mismos, en los términos y condiciones establecidos en la normativa de la UIF relativa al Beneficiario/a Final”.
Que, asimismo, los sujetos obligados deben llevar un listado digital actualizado de los beneficiarios finales.
Que este Registro carece de facultades de contralor o fiscalización respecto de los otorgantes del acto traído a registración y solo resulta competente para recabar del autorizante del documento la información que este tuviere disponible en su carácter de sujeto obligado.
Que, en ese sentido, traído a registración un documento de transmisión del dominio donde resulte de aplicación la identificación del Beneficiario Final prevista en el Art. 5° de la Resolución N.º 112 / 2021, es preciso que el autorizante del acto proporcione a este Registro los personales del o los beneficiarios finales en orden a lo impuesto por el Art. 8° de la citada resolución.
Que, asimismo, dicho autorizante deberá tratarse de uno de los sujetos obligados incluidos en el Art. 20, inciso 12 de la ley 25246.
Que la presente Disposición Técnico Registral se dicta en uso de las facultades establecidas por el Art. 173, inc. a, y 174 del Decreto 2080/80 (T.O. 1999).
Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL,
DISPONE:
ARTÍCULO 1°. Traído a registración un documento de transmisión del dominio o constitución de derecho real de usufructo, autorizado a partir del 26 de septiembre de 2022, mediante el cual uno de los sujetos enumerados en el art. 2 de la Res. 112/2021 adquiera la titularidad de dominio del inmueble y/o que resulte su usufructuario, y siempre que el autorizante del acto se trate de uno de los sujetos obligados incluidos en el Art. 20, inciso 12 de la ley 25246, se deberá informar a este Registro: el nombre y apellido, DNI, domicilio real, nacionalidad, fecha de nacimiento, profesión, estado civil, porcentaje de participación y/o titularidad y/o control, CUIT/CUIL y la condición de Persona Expuesta Políticamente, del o de los beneficiarios finales.
(Artículo sustituido por art. 1° de la Disposición N° 18/2023 de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal B.O. 23/10/2023)
ARTÍCULO 2°. A ese fin, aprobar el formulario de declaración de beneficiario final cuya copia se adjunta a la presente como Anexo I. El autorizante de un acto comprendido en lo dispuesto por el artículo 1° deberá cumplir con la previa precarga online de datos en el sitio web habilitado a ese efecto por este Registro y acompañar al documento el formulario de declaración de beneficiario final suscripto por el otorgante del acto.
ARTÍCULO 3°. En los trámites digitales, el formulario de declaración de beneficario final deberá acompañarse como documento no registrable.
ARTÍCULO 4°. La presente disposición entrará en vigencia el día 26 de septiembre de 2022.
ARTÍCULO 5°. Hágase saber a las Direcciones de Registraciones Especiales y Publicidad Indiciaria, de Registraciones Reales y Publicidad, de Apoyo Técnico y Fiscalización Interna y de Interpretación Normativa y Procedimiento Recursivo y, por su intermedio, a sus respectivos Departamentos y Divisiones.
ARTÍCULO 6°. Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional de Registro Oficial y Archívese.
Soledad Mariella Barboza
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 16/09/2022 N° 73243/22 v. 16/09/2022
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)
ANEXO
(Anexo sustituido por art. 2° de la Disposición N° 18/2023 de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal B.O. 23/10/2023)
(Anexo sustituido por art. 2° de la Disposición N° 18/2023 de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal B.O. 23/10/2023)
DECLARACION JURADA SOBRE BENEFICIARIO FINAL
En cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución 112/2021 de la Unidad de Información Financiera artículo 2, el que suscribe XXXXX YYYYY en mi caracter de Beneficiario Final, por la presente DECLARO BAJO JURAMENTO que la información consignada en la presente declaración jurada es exacta y verdadera, y que: BENEFICIARIO FINAL UNO, BENEFICIARIO FINAL TRES, BENEFICIARIO FINAL DOS, es/son Beneficiario/s Final/es de la/s entidad/es aquí consignada/s.
Código de Formulario: 1481886795
________________________________
Firma
________________________________
Aclaración
Firma
________________________________
Aclaración
Escritura y Operación
Escribano Autorizante: ESCRIBANO AUTORIZANTE
Registro Notarial: 9999, Capital Federal
Número de Escritura: 1 de Fecha 25/08/2023
Inmueble: Matricula: 21-212121
Operación: COMPRA VENTA
Datos de la Entidad 1 :
Denominación: ENTIDAD X
Tipo Societario: Sociedad Anónima
CUIT: 30707794549
Datos del Beneficiario Final 1.1:
Nombre y Apellido: BENEFICIARIO, FINAL UNO
Documento: Tipo 1 Nº 7077945
CUIT: 30707794549
Domicilio Real: DOMICILIO REAL, LOCALIDAD
Nacionalidad: Argentina
Fecha de Nacimiento: 25/08/2023
Estado Civil: Soltero
Actividad: Empresario
Determinado por: Porcentaje 33.33
Es PEP: No
Datos del Beneficiario Final 1.2 :
Nombre y Apellido: BENEFICIARIO, FINAL TRES
Documento: Tipo 1 Nº 70779454
CUIT: 30707794549
Domicilio Real: DOMICILIO REAL, LOCALIDAD
Nacionalidad: Argentina
Fecha de Nacimiento: 25/08/2023
Estado Civil: Soltero
Actividad: Empresario
Determinado por: Porcentaje 33.33
Es PEP: No
Datos del Beneficiario Final 1.3 :
Nombre y Apellido: BENEFICIARIO, FINAL DOS
Documento: Tipo 1 Nº 70779454
CUIT: 30707794549
Domicilio Real: DOMICILIO REAL, LOCALIDAD
Nacionalidad: Argentina
Fecha de Nacimiento: 25/08/2023
Estado Civil: Soltero
Actividad: Empresario
Determinado por: Porcentaje 33.33
Es PEP: No
IF-2023-126091592-APN-DGRPICF#MJ