Presidencia de la Nación

INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Disposición 578/2023

DI-2023-578-APN-INAP#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 28/11/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2023-115432077- -APN-SGYEP#JGM del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N° 20.173, los Decretos Nros. 852 de fecha 23 de octubre de 2017 y 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Resolución del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 140 de fecha 9 de marzo de 2018, la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO N° 87 de fecha 10 de agosto de 2021, la Disposición del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA N° 171 de fecha 20 de abril de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 20.173 se creó el INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, el cual tiene dentro de sus finalidades la de fijar la política del Sistema Nacional de Capacitación, estableciendo normas y pautas metodológicas y realizando la supervisión, evaluación y certificación de la capacitación permanente llevada a cabo en los organismos de la Administración Nacional.

Que por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, se aprobó el organigrama de la Administración Nacional central hasta nivel de Subsecretaría, y se estableció que la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS tiene, entre otros objetivos, los de asistir al Jefe o Jefa de Gabinete de Ministros en la implementación de las políticas relativas a la mejora estratégica de los recursos humanos y su capacitación, la política salarial, la promoción y el desarrollo de carrera de los/las agentes de la Administración Pública Nacional y en la propuesta de las normas reglamentarias en la materia; así como en el diseño, desarrollo e implementación de programas de optimización de procesos y procedimientos en las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional.

Que en la misma norma citada se dispuso que el INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, tiene entre sus objetivos los de aprobar los planes de capacitación y de formación propuestos por los Ministerios y organismos descentralizados, así como determinar los créditos aplicables a cada actividad de capacitación; entender en la ejecución de la política de capacitación y formación para el personal de las distintas Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional; supervisar la operación y funcionamiento del Sistema Nacional de Capacitación, estableciendo normas de calidad de las acciones de formación, evaluando su impacto en el desempeño del personal y en las unidades organizativas en las que trabajen; entender en la acreditación, supervisión y evaluación de los planes, programas y acciones de formación y capacitación del Sector Público Nacional, en línea con la carrera administrativa; administrar los datos del registro de prestadores de servicios formativos; y promover y realizar estudios e investigaciones que releven buenas prácticas de administración pública y contribuyan a la mejora de la gestión y la innovación del ESTADO NACIONAL.

Que luego del cambio en la gestión de gobierno operado en diciembre de 2019 se planificó en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA un trabajo tendiente a mejorar la efectividad y eficiencia de la normativa procedimental de los procesos de gestión del sistema nacional de la capacitación, por lo que deviene oportuno y conveniente propiciar la aprobación de nuevos procedimientos vinculados al Proceso de Diseño, desarrollo y acreditación de actividades de capacitación virtuales y presenciales y al Proceso de Elaboración de la Propuesta Formativa del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

Que el servicio jurídico permanente y la unidad de auditoría interna han tomado intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en el marco de las facultades conferidas por el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios.

Por ello,

EL DIRECTOR INSTITUCIONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébanse los procesos y procedimientos internos del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA comprendidos por el Proceso de Diseño, desarrollo y acreditación de actividades de capacitación virtuales y presenciales identificado como IF-2023-116805219-APN-DNOA#JGM y el Proceso de Elaboración de la Propuesta Formativa, identificado como IF-2023-116805487-APN-DNOA#JGM, que como Anexos forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- La presente disposición entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Leandro Enrique Bottinelli

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 30/11/2023 N° 97267/23 v. 30/11/2023

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII)
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