MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS REGISTRALES
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL
Disposición Administrativa 52/2016
Buenos Aires, 10/08/2016
VISTO la Disposición Administrativa N° 8 de fecha 23 de enero de 2015 y
CONSIDERANDO:
Que dicha norma estableció el valor de las contribuciones especiales de la ley 17050 a partir del 1° de febrero de 2015.
Que los valores allí establecidos sufrieron las consecuencias de la depreciación monetaria con la consiguiente afectación al régimen financiero de la ley 17050, por ello, se han adecuado las contribuciones según el ANEXO I.
Que en la actuación N° 107147 consta tanto la conformidad del Ministro de Justicia y Derechos Humanos y del Subsecretario de Asuntos Registrales como la opinión favorable del Comité Ejecutivo, todo ello según el procedimiento establecido por el artículo 2° de la ley 17050.
Que la presente disposición se dicta en uso de las facultades establecidas por el mencionado artículo 2° de la Ley 17050 y por los artículos 173, inc. (c), y 176 del Decreto 2080/80 - T.O. s/Dto. 466/1999.
Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — A partir del 1° de septiembre de 2016 actualícense los valores de las contribuciones de la ley 17050 según el cuadro tarifario denominado como ANEXO I.
ARTÍCULO 2° — Las escrituras autorizadas con anterioridad a la fecha de vigencia de esta disposición abonarán las contribuciones establecidas en la Disposición N° 8/2015 si son ingresadas a este Organismo para su inscripción hasta del 14 de octubre de 2016, inclusive.
ARTÍCULO 3° — Publíquese en el Boletín Oficial. Comuníquese a la Subsecretaría de Asuntos Registrales y a los Colegios Profesionales. Notifíquese a la Dirección de Registraciones Reales y Publicidad, a la Dirección de Registraciones Especiales y Publicidad Indiciaria, a la Dirección de Apoyo Técnico y Fiscalización Interna, a la Dirección de Interpretación Normativo y Procedimiento Recursivo y, por su intermedio, a los respectivos Departamento y Divisiones. Regístrese y, cumplido, archívese. — Esc. M. C. HERRERO DE PRATESI, Directora General, Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS REGISTRALES
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL
Disposición Administrativa 52/2016
Buenos Aires, 10/08/2016
VISTO la Disposición Administrativa N° 8 de fecha 23 de enero de 2015 y
CONSIDERANDO:
Que dicha norma estableció el valor de las contribuciones especiales de la ley 17050 a partir del 1° de febrero de 2015.
Que los valores allí establecidos sufrieron las consecuencias de la depreciación monetaria con la consiguiente afectación al régimen financiero de la ley 17050, por ello, se han adecuado las contribuciones según el ANEXO I.
Que en la actuación N° 107147 consta tanto la conformidad del Ministro de Justicia y Derechos Humanos y del Subsecretario de Asuntos Registrales como la opinión favorable del Comité Ejecutivo, todo ello según el procedimiento establecido por el artículo 2° de la ley 17050.
Que la presente disposición se dicta en uso de las facultades establecidas por el mencionado artículo 2° de la Ley 17050 y por los artículos 173, inc. (c), y 176 del Decreto 2080/80 - T.O. s/Dto. 466/1999.
Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — A partir del 1° de septiembre de 2016 actualícense los valores de las contribuciones de la ley 17050 según el cuadro tarifario denominado como ANEXO I.
ARTÍCULO 2° — Las escrituras autorizadas con anterioridad a la fecha de vigencia de esta disposición abonarán las contribuciones establecidas en la Disposición N° 8/2015 si son ingresadas a este Organismo para su inscripción hasta del 14 de octubre de 2016, inclusive.
ARTÍCULO 3° — Publíquese en el Boletín Oficial. Comuníquese a la Subsecretaría de Asuntos Registrales y a los Colegios Profesionales. Notifíquese a la Dirección de Registraciones Reales y Publicidad, a la Dirección de Registraciones Especiales y Publicidad Indiciaria, a la Dirección de Apoyo Técnico y Fiscalización Interna, a la Dirección de Interpretación Normativo y Procedimiento Recursivo y, por su intermedio, a los respectivos Departamento y Divisiones. Regístrese y, cumplido, archívese. — Esc. M. C. HERRERO DE PRATESI, Directora General, Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
ANEXO I - DISPOSICIÓN 52/2016 - CONTRIBUCIONES LEY 17050 / RPI
Formularios | Trámite | Papel | Copia Seg. | Papel copia Seg. | Carátula ley 23.412 | Papel Carátula | Valores Propuestos |
F1 | 248 | 20 | 22 | 20 | 20 | 20 | 350 |
F2 | 248 | 20 | 22 | 20 | 20 | 20 | 350 |
F3 | 248 | 20 | 22 | 20 | 20 | 20 | 350 |
F4 | 248 | 20 | 22 | 20 | 20 | 20 | 350 |
F4B | 248 | 20 | 22 | 20 | 20 | 20 | 350 |
F5 | 248 | 20 | 22 | 20 | 20 | 20 | 350 |
F6 | 598 | 20 | 22 | 20 | 20 | 20 | 700 |
Certificado Dominio | 318 | 20 | 22 | 20 | 20 | 20 | 420 |
Certificado Inhibición | 248 | 20 | 22 | 20 | 20 | 20 | 350 |
Boleta Urgente Certificados e Informes | 330 | 20 | 350 | ||||
Minuta Escribano Transferencia | 730 | 20 | 750 | ||||
Minuta Escribano Cancelación | 140 | 20 | 160 | ||||
Minuta Judicial | 380 | 20 | 400 | ||||
Anexo Minuta | 50 | 20 | 70 | ||||
Boleta Documento Urgente | 780 | 20 | 800 | ||||
Reglamentos 1/15 u. | 680 | 20 | 700 | ||||
Reglamentos 16/50 u. | 880 | 20 | 900 | ||||
Reglamentos 51/100 u. | 1580 | 20 | 1.600 | ||||
Reglamentos 101 o + u. | 3180 | 20 | 3.200 | ||||
Boleta urgente de reglamento | 560 | 560 | |||||
Escritura / Otros Testimonios | 100 | 100 | |||||
R. de libros 1/200 fojas | 300 | 300 | |||||
R. de libros 201/500 fojas | 600 | 600 | |||||
R. de libros 501/1000 fojas | 1.200 | 1.200 | |||||
R. de libros + 1000 fojas | 2.300 | 2.300 | |||||
Anexo Certificado Inhibición c/copia de seguridad | 60 | 60 | |||||
Carpeta Desafectación Protección de la Vivienda | 70 | 70 | |||||
Carpeta presentación Ley 23412 | 50 | 50 | |||||
Sipel - Unidad mínima de carga de crédito | 350 | 350 | |||||
Alquiler de casilleros semestral | 720 | 720 | |||||
Ejemplar de valores Ley 17050 | 50 | 50 | |||||
Prórroga - Recursos u otros. | 160 | 160 | |||||
Apertura Expte. Sec. Simple | 190 | 190 | |||||
Apertura Expte. Sec. Urgente | 760 | 760 | |||||
Fotocopia Doc. Registral 1° hoja | 50 | 50 | |||||
Fotocopia Doc. Registral 2° hoja | 25 | 25 |
e. 16/08/2016 N° 57261/16 v. 16/08/2016