Presidencia de la Nación

Disposición 5 / 2002

COORDINACION DE CUARENTENAS, FRONTERAS Y CERTIFICA


SANIDAD VEGETAL

PRODUCTOS CATEGORIA 2 DE RIESGO FITOSANITARIO

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 25-Oct-2002
Resumen:

PROHIBESE, A PARTIR DEL 2 DE ENERO DE 2003, EL INGRESO DE PRODUCTOS DE CATEGORIA 2 DE RIESGO FITOSANITARIO QUE NO PRESENTEN LA AUTORIZACION FITOSANITARIA DE IMPORTACION Y EL CORRESPONDIENTE CERTIFICADO FITOSANITARIO.

Observaciones:

ABROGADA POR EL ARTICULO 3° DE LA RESOLUCION 569 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, B.O. 24/08/2010, PAGINA 15.

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