CONVENCIONES COLECTIVAS DEL TRABAJO
U.T.E.D.Y.C. - CONFEDERACION ARGENTINA DE MUTUALIDADES Y OTRA
Resumen:
FIJASE EL IMPORTE PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES DEL CUAL SURGE EL TOPE INDEMNIZATORIO, SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 245 DE LA LEY DE CONTRATO DE TRABAJO Nº 20.744 (T.O. 1976) Y SUS MODIFICATORIAS, CORRESPONDIENTE AL ACUERDO HOMOLOGADO POR LA RESOL-2018-614-APN-SECT#MT Y REGISTRADO BAJO EL Nº 521/18, SUSCRIPTO ENTRE LA UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (U.T.E.D.Y.C.), POR LA PARTE SINDICAL Y LA CONFEDERACION ARGENTINA DE MUTUALIDADES Y LA CONFEDERACION NACIONAL DE MUTUALIDADES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, RATIFICADO POR MUTUALISMO ARGENTINO CONFEDERADO, POR LA PARTE EMPLEADORA, CONFORME AL DETALLE QUE, COMO ANEXO IF-2019-70052109-APN-DRYRT#MPYT, FORMA PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE.