Disposición 42 / 2019
SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
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Normativa / Número
Decreto 225 / 2007
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 15-Mar-2007 |
Descripción
REGLAMENTO - REGULACION DE RENDICION DE FONDOSDISPONESE QUE CADA JURISDICCION O ENTIDAD DEPENDIENTE DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL, CUYOS PRESUPUESTOS INCLUYAN CREDITOS EN LOS INCISOS 5 - TRANSFERENCIAS - TRANSFERENCIAS A GOBIERNOS PROVINCIALES Y/O MUNICIPALES Y 6 - ACTIVOS FINANCIEROS -, DESTINADOS A LA ATENCION DE PROGRAMAS O ACCIONES DE CARÁCTER SOCIAL, QUE SE EJECUTEN EN EL MARCO DE CONVENIOS BILATERALES QUE PREVEAN LA OBLIGACION DE RENDIR CUENTAS, A SUSCRIBIRSE CON LAS PROVINCIAS Y/O MUNICIPIOS, DICTARA UN REGLAMENTO QUE REGULE LA RENDICION DE LOS FONDOS PRESUPUESTARIOS TRANSFERIDOS, AL QUE DEBERAN AJUSTARSE DICHOS ACUERDOS.
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Normativa / Número
Ley 26331
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 26-Dic-2007 |
Descripción
PRESUPUESTOS MINIMOS DE PROTECCION AMBIENTAL - ESTABLECIMIENTOESTABLECENSE LOS PRESUPUESTOS MINIMOS DE PROTECCION AMBIENTAL PARA EL ENRIQUECIMIENTO, LA RESTAURACION, CONSERVACION, APROVECHAMIENTO Y MANEJO SOSTENIBLE DE LOS BOSQUES NATIVOS.
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Normativa / Número
Resolución E 494 / 2016
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE |
Fecha publicación 02-Dic-2016 |
Descripción
RENDICION DE CUENTAS - APROBACIONAPROBAR LOS REQUERIMIENTOS GENERALES APLICABLES A LAS RENDICIONES DE CUENTAS QUE COMO ANEXO I (IF-2016-03093150-APN-DGAYF#MAD) FORMA PARTE DE LA PRESENTE RESOLUCION.
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Normativa / Número
Disposición 8 / 2018
SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA |
Fecha publicación 22-Nov-2018 |
Descripción
RESOLUCION 494/2016 - MODIFICACIONAGREGUESE EL INCISO I) AL PUNTO 3 -RESOLUCIONES DE TRANSFERENCIAS DE FONDOS DEL REGLAMENTO PARA LA RENDICION DE FONDOS TRANSFERIDOS A GOBIERNOS PROVINCIALES Y/O MUNICIPALES - ANEXO II (IF-2016-03093122-APN-DGAYF#MAD) DE LA RESOL-2016-494-E-APN-MAD, EL QUE QUEDARA REDACTADO DE LA SIGUIENTE MANERA: “I) LA INDICACION DE QUE LAS TRANSFERENCIAS QUE SE REALIZAN EN EL MARCO DEL PRESENTE REGLAMENTO, SE EFECTUARAN A UNA CUENTA BANCARIA HABILITADA PARA TAL FIN EN EL BANCO DE LA NACION ARGENTINA U OTRA INSTITUCION BANCARIA HABILITADA.”
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