REGISTRO NACIONAL DE ARMAS
INSTALACIONES COMPLETAMENTE BLINDADAS Y PARCIALMENTE BLINDADAS - REGLAMENTACION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
25-Nov-2015
Resumen:
ESTABLEZCASE QUE TODA PERSONA FISICA O JURIDICA QUE A LA FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA DE LA PRESENTE DISPOSICION SEA POSEEDORA DE “INSTALACIONES COMPLETAMENTE BLINDADAS” O “INSTALACIONES PARCIALMENTE BLINDADAS”, DEBERA SOLICITAR LA CORRESPONDIENTE TENENCIA ANTE ESTE RENAR.