Presidencia de la Nación

SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA


MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA

Disposición 40-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 21/09/2017

VISTO, el Expediente Electrónico EX-2017-16160593-APN-DMENYD#MI del registro de este Ministerio, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, el Decreto N° 212 de fecha 22 de diciembre 2015, la Resolución Nº 122 de fecha 15 de marzo de 2017 de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Nº 122-E/2017 se creó el “PLAN NACIONAL DE VIVIENDA” y el “PLAN NACIONAL DE HÁBITAT” en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA y de la SUBSECRETARÍA DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO respectivamente, ambas dependientes de la SECRETARÍA DE VIVIENDA Y HÁBITAT del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, como planes permanentes para la ejecución de los proyectos de vivienda y hábitat, en coordinación con las distintas jurisdicciones competentes en la materia.

Que el “PLAN NACIONAL DE VIVIENDA” tiene como finalidad principal atender el déficit habitacional, a través de las diferentes líneas de acción, tendientes a facilitar a la población con recursos económicos insuficientes, el acceso a una vivienda adecuada, en el marco de un desarrollo urbano sustentable.

Que por el artículo 2° de la Resolución anteriormente mencionada se creó en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA el “PLAN NACIONAL DE VIVIENDA” y por el artículo 3° se aprobó como ANEXO I el Reglamento Particular del “PLAN NACIONAL DE VIVIENDA”, estableciéndose en el mismo la Línea de Acción I: Promoción de la Vivienda Social, mediante IF-2017-03753592-APN-SECVYH#MI.

Que asimismo en el artículo 4° se encomendó a la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA a aprobar el Manual de Ejecución del “PLAN NACIONAL DE VIVIENDA”.

Que en virtud de lo expuesto, se considera pertinente la aprobación del referido Manual de Ejecución del “PLAN NACIONAL DE VIVIENDA”, para el desarrollo de las acciones previstas en la Línea de Acción I: Promoción de la Vivienda Social.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en el ejercicio de las facultades conferidas conforme el Decreto N° 212 de fecha 22 de diciembre de 2015 y la Resolución Nº 122-E/2017 de fecha 15 de marzo de 2017.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA

DISPONE:

ARTÍCULO 1°: Apruébase el MANUAL DE EJECUCION del “PLAN NACIONAL DE VIVIENDA” de la Línea de Acción I: Promoción de la Vivienda Social, registrado bajo el número de IF-2017-18260858- APN-SSDUYV#MI el cual como ANEXO forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°: Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ivan Carlos Kerr.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en https://www.argentina.gob.ar/planvivienda/presentarunproyecto/entedegobierno/materiales

e. 25/09/2017 N° 71724/17 v. 25/09/2017
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