SANIDAD ANIMAL
CARNES BOVINAS - AUTORIZASE IMPORTACION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
24-Feb-2006
Resumen:
AUTORIZASE LA IMPORTACION DE CARNES BOVINAS FRESCAS MADURADAS Y DESHUESADAS DE LA REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL. EXCEPCIONES.
Observaciones:
ABROGADA POR ART. 2º DE LA RESOLUCION Nº 738/2011 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA - B.O. 20/10/2011 - PAG. 34