SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
GERENCIA TÉCNICA
y
GERENCIA DE CONTROL PRESTACIONAL
Disposición Conjunta 5/2016 y 4/2016
Buenos Aires, 29/09/2016
VISTO, el Expediente N° 109.287/16 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes N° 19.549, N° 24.557, las Resoluciones S.R.T. N° 01 de fecha 05 de enero de 2016, N° 363 de fecha 09 de septiembre de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 363 de fecha 09 de septiembre de 2016, estableció un nuevo programa para el tratamiento de los empleadores con altos niveles de siniestralidad, el cual se denominó como “Programa de Empleadores con Siniestralidad Elevada (P.E.S.E.)”.
Que la citada resolución impone a las ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO (A.R.T.) la obligación de informar a la S.R.T. acerca de la ejecución y los resultados logrados en el P.E.S.E., mediante los métodos que este Organismo determine.
Que el artículo 4° de la Resolución S.R.T. N° 363/16 facultó a la Gerencia Técnica y a la Gerencia de Control Prestacional para que con la debida intervención de la Gerencia de Prevención, procedan a emitir y/o actualizar la normativa referida al procedimiento y estructuras requeridas para que las A.R.T. cumplan con las obligaciones de informar y/o denunciar impuestas por la citada resolución.
Que por lo tanto, resulta necesario establecer el procedimiento para que las A.R.T. den cumplimiento a los deberes impuestos por la normativa mencionada.
Que la Gerencia Prevención ha tomado la debida intervención, prestando su conformidad.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Normativos ha emitido dictamen de legalidad, conforme el artículo 7, inciso d) de la Ley N° 19.549.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 36 de la Ley N° 24.557, el Anexo II de la Resolución S.R.T. N° 01 de fecha 05 de enero de 2016 y el artículo 4° de la Resolución S.R.T. N° 363/16.
Por ello,
EL GERENTE TÉCNICO
Y
EL GERENTE DE CONTROL PRESTACIONAL
DISPONEN:
ARTÍCULO 1° — Apruébase el “Procedimiento para la remisión de información por parte de las ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO (A.R.T.) al Programa de Empleadores con Siniestralidad Elevada (P.E.S.E.)”, establecido en la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 363 de fecha 09 de septiembre de 2016, que como Anexo forma parte de la presente disposición.
ARTÍCULO 2° — La presente disposición entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. — Lic. DIEGO DEQUINO, Gerente Técnico, Superintendencia de Riesgos del Trabajo, A/C de la Gerencia de Control Prestacional, Conforme Acta N° 02/2016.
PROCEDIMIENTO PARA LA REMISIÓN DE INFORMACIÓN POR PARTE DE LAS ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO (A.R.T.) AL PROGRAMA DE EMPLEADORES CON SINIESTRALIDAD ELEVADA (P.E.S.E.)
1. ESPECIFICACIONES PARA EL ENVÍO DE ARCHIVOS
En cuanto a la forma y el procedimiento que deben cumplir las ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO (A.R.T.) para remitir la información, se establece lo siguiente:
1.1. Envío de información
La información a ser remitida por las A.R.T., debe declarase a través de archivos de datos, conforme a las especificaciones de estructura de datos establecidas en el presente Anexo.
Los archivos deben ser presentados a través de la Extranet de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) (http://www.arts.gov.ar) por medio del procedimiento habitual de intercambio de información de lunes a viernes en el horario informado en la página.
1.2. Causales de rechazo de registros
• Ausencia de datos para los campos de presentación obligatoria.
• Inconsistencias en la información presentada.
• Cualquier otro motivo que impida el procesamiento de los datos.
• Si existieran, se especificarán para cada archivo las causales de rechazo particulares que surjan en la presentación de los registros.
• Los registros rechazados por no cumplir con las normas de validación deberán ser corregidos y presentados nuevamente dentro de los plazos establecidos. Los registros rechazados no serán considerados como información presentada en término.
1.3. Corrección de errores
En caso de detectarse un error en la información enviada, se lo deberá corregir efectuando una nueva presentación en forma inmediata, teniendo en cuenta lo siguiente:
• Si el campo donde se produjo el error no forma parte de la clave del registro, se podrá modificar el mismo enviando el registro con el campo corregido y una “M” (Modificación) en el tipo de operación. Los campos que no conforman la clave del registro, serán reemplazados por los campos informados en la nueva presentación.
• Si el campo donde se produjo el error forma parte de la clave del registro, se deberá presentar el registro con el error en la clave y una “B” (Baja) en el tipo de operación. Los campos que no conforman la clave del registro, deben ser informados también. Luego se debe remitir el registro con la clave corregida y una “A” (Alta) en el tipo de operación.
1.4. Forma de completar los registros
• El archivo contendrá registros con la información requerida los que serán de longitud fija. Los registros deben finalizar con Carriage Return + Line Feed (CRLF).
• Los campos numéricos deben estar alineados a la derecha. En los casos en que no existan valores para campos requeridos se deben completar con ceros los campos numéricos y con espacios los alfanuméricos. Los campos numéricos que contengan parte decimal deberán indicar la separación entre la parte entera y la parte decimal con un punto (“.”).
• Los campos alfanuméricos deben estar alineados a la izquierda y en letras mayúsculas. Todas las letras deben ser mayúsculas, las vocales con tilde ó diéresis deben ser sustituidas por la vocal sin ella, el carácter “Ç” debe ser reemplazado por la letra “C”, la letra “Ñ” debe ser reemplazada por el símbolo “#”, no se deben incluir comas ni puntos, las denominaciones con siglas tampoco deben llevar puntos, por ejemplo “S.A.” debe escribirse “SA” y no se deben incluir otros caracteres tales como “°”, “&”, “-”, “ ’ ”, “(”, “)”, “%”, ni comillas, ni apóstrofes; cada uno de ellos debe ser reemplazado por un espacio vacío.
2. FORMA DE COMPLETAR EL PROGRAMA
Para sistematizar la información que compone el Programa de Empleadores con Siniestralidad Elevada (P.E.S.E.) aprobado por la Resolución S.R.T. N° 363/16, se definen OCHO (8) archivos con la información a presentar por las A.R.T. ante esta S.R.T.
RESUMEN DE LA ESTRUCTURA DEL P.E.S.E.
3.1. ESTRUCTURA DEL REGISTRO DE NOTIFICACIÓN DE EMPRESAS
Contiene la información mínima sobre las notificaciones de inclusión de empresas a la muestra.
3.1.1. Descripción del archivo de Notificaciones de Empresas.
Observaciones.
Campo N° 3 NÚMERO DE CONTRATO se refiere al número de contrato que vincula al empleador con la Aseguradora y se encuentra declarado en el Registro de Contratos.
Campo N° 4 FECHA DE NOTIFICACIÓN se refiere a la fecha en que la Aseguradora le notifica al empleador seleccionado que es parte integrante de la muestra activa del programa.
La operación M (Modificación) solo estará disponible para ser usada hasta los DIEZ (10) días hábiles desde la fecha de presentación (y aceptación) del registro que se pretende operar.
3.2. ESTRUCTURA DEL REGISTRO DE DATOS DEL EMPLEADOR.
Contiene la información mínima suscripta por el empleador sobre sus datos de contacto.
3.2.1. Descripción del archivo de Datos del Empleador.
Observaciones.
La operación M (Modificación) solo estará disponible para ser usada hasta los SESENTA (60) días hábiles desde la fecha de presentación (y aceptación) del registro que se pretende operar.
3.3. ESTRUCTURA DEL REGISTRO DE DATOS GENERALES DEL ESTABLECIMIENTO.
Contiene la información mínima suscripta por el empleador sobre los datos generales del establecimiento.
3.3.1. Descripción del archivo de Datos Generales del Establecimiento.
El archivo se denominará ARTcartv.SEn, en donde:
Observaciones.
Campo N° 3 CÓDIGO DE ESTABLECIMIENTO EMPRESA. Se refiere al Código del Establecimiento Empresa según Matriz Única.
Campo N° 4 FECHA DE SUSCRIPCIÓN. Se refiere a la fecha en que se suscribe el formulario I.G.E.
Campo N° 5 TRABAJADORES DE PRODUCCIÓN. Se refiere a la cantidad de trabajadores que se relacionen directamente con la obtención de los productos o servicios principales del empleador.
Campo N° 6 TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS. Se refiere a la cantidad de trabajadores que se relacionen indirectamente con la obtención de los productos o servicios principales del empleador. Trabajadores que desarrollen tareas netas y exclusivas de administración relacionadas indirectamente con las tareas de los trabajadores de producción.
Campo N° 7 TRABAJADORES DE TERCEROS. Se refiere a la cantidad de trabajadores subcontratados (administrativos y/o producción) que desarrollen tareas en el establecimiento.
Campo N° 8 CANTIDAD DE AT CON DIEZ (10) DÍAS DE BAJA O MENOS. Se refiere a la cantidad de accidentes de trabajo registrados en el establecimiento, iguales y/o menores a DIEZ (10) días de baja. Incluye los AT de los trabajadores de terceros.
Campo N° 9 CANTIDAD DE AT CON MAS DE DIEZ (10) DÍAS DE BAJA. Se refiere a la cantidad de accidentes de trabajo registrados en el establecimiento, de más de DIEZ (10) días de baja. Incluye los AT de los trabajadores de terceros.
Campo N° 10 CANTIDAD DE AT CON SECUELAS INCAPACITANTES. Se refiere a la cantidad de casos de AT con Incapacidades registradas, sin contar los registrados como estrés post traumático.
Campo N° 11 CANTIDAD DE EP TOTALES. Se refiere a la cantidad de Enfermedades Profesionales registradas, independientemente de los días caídos.
Campo N° 12 CASOS MORTALES. Se refiere a la cantidad de casos mortales correspondientes al establecimiento.
La operación M (Modificación) solo estará disponible para ser usada hasta los SESENTA (60) días hábiles desde la fecha de presentación (y aceptación) del registro que se pretende operar.
3.4. ESTRUCTURA DEL REGISTRO DE DATOS DEL PLAN DE REDUCCIÓN DE SINIESTRALIDAD POR ESTABLECIMIENTO.
Contiene la información mínima suscripta por el empleador sobre los datos del Plan de Reducción de Siniestralidad por establecimiento.
3.4.1. Descripción del archivo de Datos del Plan de Reducción de Siniestralidad por Establecimiento.
El archivo se denominará ARTcartv.SPn, en donde:
Observaciones.
Campo N° 3 CÓDIGO DE ESTABLECIMIENTO EMPRESA. Se refiere al Código del Establecimiento Empresa según Matriz Única.
Campo N° 4 FECHA DE SUSCRIPCIÓN DEL P.R.S. se refiere a la fecha en que se constituye el formulario del Plan de Reducción de Siniestralidad.
Campo N° 5 NÚMERO DE MEDIDA PREVENTIVA, corresponde al número correlativo que identifica a cada una de las medidas preventivas generales y específicas.
Campo N° 6 CLASIFICACIÓN DE LA MEDIDA PREVENTIVA, se refiere al tipo de medida establecida en el P.R.S. Los valores posibles son:
- 1. Mejoras del Sistema de Gestión de Seguridad, Prevención y Salud Ocupacional.
- 2. Causal de Accidente de Trabajo.
- 3. Causal de Enfermedad Profesional.
- 4. Riesgo Potencial de Accidente de Trabajo.
- 5. Riesgo Potencial de Enfermedad Profesional.
Campo N° 7 AGENTE MATERIAL ASOCIADO // AGENTE CAUSANTE DE LA EP, se refiere al código de Agente Material Asociado según lo establecido por la Resolución S.R.T. N° 3.326/14 (RENAL - Registro Nacional de Accidentes Laborales) si en el campo N° 7 (CLASIFICACIÓN DE LA MEDIDA PREVENTIVA) se indicó el valor 2 (Causal de Accidente de Trabajo) o el valor 4 (Riesgo Potencial de Accidente de Trabajo). O será el código de Agente Causante de la EP según lo establecido en la Resolución S.R.T. N° 3327/14 si en el campo N° 7 (CLASIFICACIÓN DE LA MEDIDA PREVENTIVA) se indicó el valor 3 (Causal de Enfermedad Profesional) o el valor 5 (Riesgo Potencial de Enfermedad Profesional). Este campo debe venir con espacios en blanco cuando en el campo N° 6 (CLASIFICACIÓN DE LA MEDIDA PREVENTIVA) se indique el valor 1 (Mejoras del Sistema de Gestión de Seguridad, Prevención y Salud Ocupacional).
Campo N° 8 FORMA DE OCURRENCIA DEL AT // DIAGNÓSTICO DEL CIE-10, se refiere al código de la Forma de Ocurrencia del AT según lo establecido por la Resolución S.R.T. N° 3.326/14 (R.E.N.A.L. - Registro Nacional de Accidentes Laborales) si en el campo N° 7 (CLASIFICACIÓN DE LA MEDIDA PREVENTIVA) se indicó el valor 2 (Causal de Accidente de Trabajo) o el valor 4 (Riesgo Potencial de Accidente de Trabajo). O será el código de Diagnóstico del CIE-10 de la Enfermedad Profesional según lo establecido en la Resolución S.R.T. N° 3.327/14 si en el campo N° 7 (CLASIFICACIÓN DE LA MEDIDA PREVENTIVA) se indicó el valor 3 (Causal de Enfermedad Profesional) o el valor 5 (Riesgo Potencial de Enfermedad Profesional). Este campo debe venir con espacios en blanco cuando en el campo N° 6 (CLASIFICACIÓN DE LA MEDIDA PREVENTIVA) se indique el valor 1 (Mejoras del Sistema de Gestión de Seguridad, Prevención y Salud Ocupacional).
Campo N° 9 DESCRIPCIÓN DE LA MEDIDA PREVENTIVA, se refiere a las descripciones de cada una de las medidas preventivas contenidas en el P.R.S. Si en el campo N° 6 (NÚMERO DE MEDIDA PREVENTIVA) se indica un valor comprendido entre UNO (1) y SIETE (7) (ésta última solo cuando corresponda) y en el campo N° 7 (CLASIFICACIÓN DE LA MEDIDA PREVENTIVA) se determinó el valor 1 (Mejoras del Sistema de Gestión de Seguridad, Prevención y Salud Ocupacional), las descripciones deben ser OMITIDAS. Solo se debe indicar el número de medida preventiva en el campo correspondiente. Esto es a efectos de minimizar los posibles errores por transcripción del texto de la medida. Dicho texto será incorporado por la S.R.T. al momento de dar ingreso a estas medidas. En cambio, si en al campo N° 6 (NÚMERO DE MEDIDA PREVENTIVA) se indicó el valor OCHO (8) o un número superior, el texto es libre, obligatorio y se considerará válido lo declarado.
Campo N° 10 FECHA COMPROMETIDA POR EL EMPLEADOR, se refiere a la fecha comprometida por el empleador para implementar la medida preventiva general/específica. Siempre deben ser declarada indistintamente si corresponde al PRS general o específico.
Campo N° 11 FECHA DE VERIFICACIÓN DE LA A.R.T., se refiere a la fecha que la A.R.T. fija para verificar el cumplimiento de medida preventiva general/específica por parte del empleador. Siempre deben ser declarada indistintamente si corresponde al P.R.S. general o específico.
Las operaciones M (Modificación) y B (Baja) solo estarán disponibles para ser usadas hasta los SESENTA (60) días hábiles desde la fecha de presentación (y aceptación) del registro que se pretende operar.
3.5. ESTRUCTURA DEL REGISTRO DE VISITAS
Contiene la información mínima suscripta por el empleador sobre los datos del Plan de visitas y las visitas realizadas por establecimiento.
3.5.1 Descripción del archivo de Visitas.
El archivo se denominará ARTcartv.SVn, en donde:
Observaciones.
Campo N° 3 CÓDIGO DE ESTABLECIMIENTO EMPRESA. Se refiere al Código del Establecimiento Empresa según Matriz Única.
Campo N° 4 FECHA DE VISITA, se refiere a la visita planificada o la visita realizada, según el valor declarado en el campo N° 5 MOTIVO DE LA VISITA.
Campo N° 5 MOTIVO DE LA VISITA, se refiere al tipo de visita informada. Los valores posibles son:
- 06. Visita planificada.
- 07. Visita realizada.
Campo N° 6 NÚMERO DE CONTRATO se refiere al número de contrato que vincula al empleador con la Aseguradora y se encuentra declarado en el Registro de Contratos.
Campo N° 7 NÚMERO DE LA VISITA, se refiere al número de visita planificada o realizada del plan de visitas. Deben ser número correlativos comenzando a partir del UNO (1).
Las visitas planificadas deberán ingresar en bloque, es decir para aquellos establecimientos donde en el I.G.E. se indicó que se trata de un “Establecimiento sin AT/EP” las visitas planificadas a informar serán en un mínimo de CUATRO (4) fechas distintas.
Para aquellos establecimientos, en donde en el I.G.E. se indicó que se tratan de “Establecimientos con AT/EP” las visitas planificadas a informar deberán ingresar en cantidades no menores a OCHO (8) fechas distintas.
No ingresarán las visitas planificadas cuando se presenten en cantidades menores a las indicadas para cada tipo de establecimiento (con o sin AT/EP).
Se deben incorporar a la planificación todas las visitas comprometidas en el P.R.S. general y específico (si existiese).
Las bajas deben operar para todas las visitas planificadas del establecimiento. Es decir, no será posible dar de baja a una cantidad de visitas de la planificación que no sea equivalente al mínimo requerido por caso.
En cambio, para las visitas realizadas no habrá controles sobre cantidad de visitas a informar.
Habrá visitas realizadas que se corresponden a visitas planificas. Al declararse estas visitas realizadas se deberá indicar el número de visita correspondiente según la planificación.
Podrá haber visitas realizadas que no se corresponden a ninguna de las informadas en la planificación. Para éstas en el campo N° 7 NUMERO DE VISITA, se deberá indicar espacios en blanco.
Las bajas de las visitas realizadas pueden realizarse en forma individual (visita a visita) o grupal (todas las visitas juntas).
Campo N° 8 RESULTADO DE LA VISITA, se refiere a la identificación del resultado de la visita realizada (solo cuando en el campo N° 5 MOTIVO DE LA VISITA se declare el valor 07 VISITA REALIZADA), a partir de los códigos detallados a continuación:
La operación de Baja (B) solo estará disponible para ser usada hasta los SESENTA (60) días hábiles desde la fecha de presentación (y aceptación) del registro que se pretende operar.
3.6. ESTRUCTURA DEL REGISTRO DE DATOS DEL SEGUIMIENTO DEL PLAN DE REDUCCIÓN DE SINIESTRALIDAD POR ESTABLECIMIENTO.
Contiene la información mínima suscripta por el empleador sobre los datos del Seguimiento del Plan de Reducción de Siniestralidad por establecimiento.
3.6.1. Descripción del archivo de Datos del Seguimiento del Plan de Reducción de Siniestralidad por Establecimiento.
El archivo se denominará ARTcartv.SSn, en donde:
Observaciones.
Campo N° 3 CÓDIGO DE ESTABLECIMIENTO EMPRESA. Se refiere al Código del Establecimiento Empresa según Matriz Única.
Campo N° 4 NÚMERO DE MEDIDA PREVENTIVA, se refiere al número de la medida preventiva general/específica del P.R.S.
Campo N° 5 FECHA DE VERIFICACIÓN DE LA A.R.T., se refiere a la fecha en que la Aseguradora realiza la verificación de la medida preventiva general/específica del P.R.S.
Campo N° 6 CUMPLIMIENTO DE LA MEDIDA PREVENTIVA, se refiere al indicador de cumplimiento de la medida preventiva general/específica del P.R.S. Los valores posibles son:
- S. Sí cumple.
- N. No cumple.
Las operaciones M (Modificación) y B (Baja) solo estarán disponibles para ser usadas hasta los SESENTA (60) días hábiles desde la fecha de presentación (y aceptación) del registro que se pretende operar.
3.7. ESTRUCTURA DEL REGISTRO DE DENUNCIAS POR INCUMPLIMIENTOS DETECTADOS POR LA A.R.T.
Contiene la información sobre los datos de las denuncias por incumplimiento por establecimiento.
3.7.1. Descripción del archivo de Denuncias por Incumplimientos detectados por la A.R.T.
El archivo se denominará ARTcartv.SDn, en donde:
Observaciones.
Campo N° 3 CÓDIGO DE ESTABLECIMIENTO EMPRESA. Se refiere al Código del Establecimiento Empresa según Matriz Única.
Campo N° 4 NÚMERO DE CONTRATO se refiere al número de contrato que vincula al empleador con la Aseguradora y se encuentra declarado en el Registro de Contratos.
Campo N° 5 CÓDIGO DEL MOTIVO DE DENUNCIA, se refiere al código de incumplimiento de la tabla de incumplimientos que se adjunta a continuación.
Campo N° 6 FECHA DE NOTIFICACIÓN DE LA A.R.T., se refiere a la fecha que la A.R.T. le notifica al empleador que tiene que cumplir con el motivo denunciado.
Campo N° 7 FECHA DE VERIFICACIÓN DEL INCUMPLIMIENTO, se refiere a la fecha en que la ART verifica el incumplimiento denunciado.
Campo N° 8 FECHA DE REGULARIZACIÓN DEL INCUMPLIMIENTO, se refiere a la fecha que en el empleador regulariza el incumplimiento denunciado.
Campo N° 12 OBSERVACIONES, se refiere a cualquier comentario u observación que la A.R.T. quiere dejar asentado respecto del ítem denunciado. Para cuando se realiza una operación de baja se debe indicar el motivo de la misma.
Las operaciones M (Modificación) y B (Baja) solo estarán disponibles para ser usadas hasta los SESENTA (60) días hábiles desde la fecha de presentación (y aceptación) del registro que se pretende operar.
3.8. ESTRUCTURA DEL REGISTRO DE EXCLUSIÓN DE EMPRESAS
Contiene la información mínima sobre los pedidos de exclusión de empresas de la muestra.
3.8.1 Descripción del archivo de Exclusiones
El archivo se denominará ARTcartv.SXn, en donde:
Observaciones.
Campo N° 3 CÓDIGO DEL MOTIVO DE SOLICITUD DE EXCLUSIÓN, se refiere al código del motivo de exclusión que se indica como motivo de exclusión del programa. Los valores posibles son:
GERENCIA TÉCNICA
y
GERENCIA DE CONTROL PRESTACIONAL
Disposición Conjunta 5/2016 y 4/2016
Buenos Aires, 29/09/2016
VISTO, el Expediente N° 109.287/16 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes N° 19.549, N° 24.557, las Resoluciones S.R.T. N° 01 de fecha 05 de enero de 2016, N° 363 de fecha 09 de septiembre de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 363 de fecha 09 de septiembre de 2016, estableció un nuevo programa para el tratamiento de los empleadores con altos niveles de siniestralidad, el cual se denominó como “Programa de Empleadores con Siniestralidad Elevada (P.E.S.E.)”.
Que la citada resolución impone a las ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO (A.R.T.) la obligación de informar a la S.R.T. acerca de la ejecución y los resultados logrados en el P.E.S.E., mediante los métodos que este Organismo determine.
Que el artículo 4° de la Resolución S.R.T. N° 363/16 facultó a la Gerencia Técnica y a la Gerencia de Control Prestacional para que con la debida intervención de la Gerencia de Prevención, procedan a emitir y/o actualizar la normativa referida al procedimiento y estructuras requeridas para que las A.R.T. cumplan con las obligaciones de informar y/o denunciar impuestas por la citada resolución.
Que por lo tanto, resulta necesario establecer el procedimiento para que las A.R.T. den cumplimiento a los deberes impuestos por la normativa mencionada.
Que la Gerencia Prevención ha tomado la debida intervención, prestando su conformidad.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Normativos ha emitido dictamen de legalidad, conforme el artículo 7, inciso d) de la Ley N° 19.549.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 36 de la Ley N° 24.557, el Anexo II de la Resolución S.R.T. N° 01 de fecha 05 de enero de 2016 y el artículo 4° de la Resolución S.R.T. N° 363/16.
Por ello,
EL GERENTE TÉCNICO
Y
EL GERENTE DE CONTROL PRESTACIONAL
DISPONEN:
ARTÍCULO 1° — Apruébase el “Procedimiento para la remisión de información por parte de las ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO (A.R.T.) al Programa de Empleadores con Siniestralidad Elevada (P.E.S.E.)”, establecido en la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 363 de fecha 09 de septiembre de 2016, que como Anexo forma parte de la presente disposición.
ARTÍCULO 2° — La presente disposición entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. — Lic. DIEGO DEQUINO, Gerente Técnico, Superintendencia de Riesgos del Trabajo, A/C de la Gerencia de Control Prestacional, Conforme Acta N° 02/2016.
ANEXO
PROCEDIMIENTO PARA LA REMISIÓN DE INFORMACIÓN POR PARTE DE LAS ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO (A.R.T.) AL PROGRAMA DE EMPLEADORES CON SINIESTRALIDAD ELEVADA (P.E.S.E.)
1. ESPECIFICACIONES PARA EL ENVÍO DE ARCHIVOS
En cuanto a la forma y el procedimiento que deben cumplir las ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO (A.R.T.) para remitir la información, se establece lo siguiente:
1.1. Envío de información
La información a ser remitida por las A.R.T., debe declarase a través de archivos de datos, conforme a las especificaciones de estructura de datos establecidas en el presente Anexo.
Los archivos deben ser presentados a través de la Extranet de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) (http://www.arts.gov.ar) por medio del procedimiento habitual de intercambio de información de lunes a viernes en el horario informado en la página.
1.2. Causales de rechazo de registros
• Ausencia de datos para los campos de presentación obligatoria.
• Inconsistencias en la información presentada.
• Cualquier otro motivo que impida el procesamiento de los datos.
• Si existieran, se especificarán para cada archivo las causales de rechazo particulares que surjan en la presentación de los registros.
• Los registros rechazados por no cumplir con las normas de validación deberán ser corregidos y presentados nuevamente dentro de los plazos establecidos. Los registros rechazados no serán considerados como información presentada en término.
1.3. Corrección de errores
En caso de detectarse un error en la información enviada, se lo deberá corregir efectuando una nueva presentación en forma inmediata, teniendo en cuenta lo siguiente:
• Si el campo donde se produjo el error no forma parte de la clave del registro, se podrá modificar el mismo enviando el registro con el campo corregido y una “M” (Modificación) en el tipo de operación. Los campos que no conforman la clave del registro, serán reemplazados por los campos informados en la nueva presentación.
• Si el campo donde se produjo el error forma parte de la clave del registro, se deberá presentar el registro con el error en la clave y una “B” (Baja) en el tipo de operación. Los campos que no conforman la clave del registro, deben ser informados también. Luego se debe remitir el registro con la clave corregida y una “A” (Alta) en el tipo de operación.
1.4. Forma de completar los registros
• El archivo contendrá registros con la información requerida los que serán de longitud fija. Los registros deben finalizar con Carriage Return + Line Feed (CRLF).
• Los campos numéricos deben estar alineados a la derecha. En los casos en que no existan valores para campos requeridos se deben completar con ceros los campos numéricos y con espacios los alfanuméricos. Los campos numéricos que contengan parte decimal deberán indicar la separación entre la parte entera y la parte decimal con un punto (“.”).
• Los campos alfanuméricos deben estar alineados a la izquierda y en letras mayúsculas. Todas las letras deben ser mayúsculas, las vocales con tilde ó diéresis deben ser sustituidas por la vocal sin ella, el carácter “Ç” debe ser reemplazado por la letra “C”, la letra “Ñ” debe ser reemplazada por el símbolo “#”, no se deben incluir comas ni puntos, las denominaciones con siglas tampoco deben llevar puntos, por ejemplo “S.A.” debe escribirse “SA” y no se deben incluir otros caracteres tales como “°”, “&”, “-”, “ ’ ”, “(”, “)”, “%”, ni comillas, ni apóstrofes; cada uno de ellos debe ser reemplazado por un espacio vacío.
2. FORMA DE COMPLETAR EL PROGRAMA
Para sistematizar la información que compone el Programa de Empleadores con Siniestralidad Elevada (P.E.S.E.) aprobado por la Resolución S.R.T. N° 363/16, se definen OCHO (8) archivos con la información a presentar por las A.R.T. ante esta S.R.T.
RESUMEN DE LA ESTRUCTURA DEL P.E.S.E.
Conjuntos de Información | Extensión del Archivo |
1. Registro de Datos de Notificación de Empresas. | SO |
2. Registro de Datos del Empleador. | SA |
3. Registro de Datos Generales de los Establecimientos (proviene del I.G.E.). | SE |
4. Registro de Plan de Reducción de la Siniestralidad. | SP |
5. Registro de Planificación de Visitas y Visitas Realizadas. | SV |
6. Registro de Seguimiento del Plan de Reducción de la Siniestralidad. | SS |
7. Registro de Denuncias de Incumplimientos, a la normativa vigente, detectadas por las Aseguradoras | SD |
8. Registro de Exclusiones. | SX |
3.1. ESTRUCTURA DEL REGISTRO DE NOTIFICACIÓN DE EMPRESAS
Contiene la información mínima sobre las notificaciones de inclusión de empresas a la muestra.
3.1.1. Descripción del archivo de Notificaciones de Empresas.
El archivo se denominará ARTcartv.SOn, en donde:
ART | Valor constante “ART”. |
Cartv | Código de ART incluido el dígito verificador. |
SO | Constante “SO” que identifica el contenido del archivo. |
N | Número de archivo con valores de 1 a 9. |
N° Campo | Posiciones | Tipo Dato | Denominación del Campo | Descripción del Formato | ||
Desde | Hasta | Long. | ||||
1 (*) | 1 | 5 | 5 | AN | CÓDIGO DE ASEGURADORA | Código de la Aseguradora. Dato Obligatorio. |
2 (*) | 6 | 16 | 11 | N | C.U.I.T. DE LA EMPRESA | Sin guiones. Dato Obligatorio. |
3 (*) | 17 | 24 | 8 | N | NÚMERO DE CONTRATO | Valor numérico entero. Dato Obligatorio. |
4 | 25 | 32 | 8 | N | FECHA DE NOTIFICACION | Valor numérico entero. Dato Obligatorio. |
5 (*) | 33 | 34 | 2 | N | INDICADOR PROGRAMA | Campo fijo = 15. Dato Obligatorio. |
6 (*) | 35 | 36 | 2 | N | INDICADOR MUESTRA | Número de muestra vigente a la que pertenece la empresa Dato Obligatorio. |
7 | 37 | 37 | 1 | A | TIPO DE OPERACIÓN | A=Alta, M=Modificación Dato Obligatorio. |
Observaciones.
Campo N° 3 NÚMERO DE CONTRATO se refiere al número de contrato que vincula al empleador con la Aseguradora y se encuentra declarado en el Registro de Contratos.
Campo N° 4 FECHA DE NOTIFICACIÓN se refiere a la fecha en que la Aseguradora le notifica al empleador seleccionado que es parte integrante de la muestra activa del programa.
La operación M (Modificación) solo estará disponible para ser usada hasta los DIEZ (10) días hábiles desde la fecha de presentación (y aceptación) del registro que se pretende operar.
3.2. ESTRUCTURA DEL REGISTRO DE DATOS DEL EMPLEADOR.
Contiene la información mínima suscripta por el empleador sobre sus datos de contacto.
3.2.1. Descripción del archivo de Datos del Empleador.
El archivo se denominará ARTcartv.SAn, en donde:
ART | Valor constante “ART”. |
Cartv | Código de ART incluido el dígito verificador. |
SA | Constante “SA” que identifica el contenido del archivo. |
N | Número de archivo con valores de 1 a 9. |
N° Campo | Posiciones | Tipo Dato | Denominación del Campo | Descripción del Formato | ||
Desde | Hasta | Long. | ||||
1 (*) | 1 | 5 | 5 | AN | CÓDIGO DE ASEGURADORA | Código de la Aseguradora. Dato Obligatorio. |
2 (*) | 6 | 16 | 11 | N | C.U.I.T. DE LA EMPRESA | Sin guiones. Dato Obligatorio. |
3 | 17 | 96 | 80 | A | DENOMINACIÓN | Denominación de la Empresa Dato Obligatorio. |
4 | 97 | 121 | 25 | A | TELÉFONO 1 | Número de teléfono de la Empresa Incluir código de área entre paréntesis. Dato Obligatorio. |
5 | 122 | 146 | 25 | A | TELÉFONO 2 | Número de teléfono de la Empresa. Incluir código de área entre paréntesis. No Obligatorio. |
6 | 147 | 196 | 50 | A | CORREO ELECTRÓNICO 1 | Correo electrónico de la Empresa. Dato Obligatorio. |
7 | 197 | 246 | 50 | A | CORREO ELECTRÓNICO 2 | Correo electrónico de la Empresa. No Obligatorio. |
8 (*) | 247 | 248 | 2 | N | INDICADOR PROGRAMA | Campo fijo = 15 Dato Obligatorio. |
9 (*) | 249 | 250 | 2 | N | INDICADOR MUESTRA | Número de muestra vigente a la que pertenece la empresa Dato Obligatorio. |
10 | 251 | 251 | 1 | A | TIPO DE OPERACIÓN | A = Alta, M = Modificación, Dato Obligatorio. |
Observaciones.
La operación M (Modificación) solo estará disponible para ser usada hasta los SESENTA (60) días hábiles desde la fecha de presentación (y aceptación) del registro que se pretende operar.
3.3. ESTRUCTURA DEL REGISTRO DE DATOS GENERALES DEL ESTABLECIMIENTO.
Contiene la información mínima suscripta por el empleador sobre los datos generales del establecimiento.
3.3.1. Descripción del archivo de Datos Generales del Establecimiento.
El archivo se denominará ARTcartv.SEn, en donde:
ART | Valor constante “ART”. |
Cartv | Código de ART incluido el dígito verificador. |
SE | Constante “SE” que identifica el contenido del archivo. |
N | Número de archivo con valores de 1 a 9. |
N° Campo | Posiciones | Tipo Dato | Denominación del Campo | Descripción del Formato | ||
Desde | Hasta | Long. | ||||
1 (*) | 1 | 5 | 5 | AN | CÓDIGO DE ASEGURADORA | Código de la Aseguradora. Dato Obligatorio. |
2 (*) | 6 | 16 | 11 | N | C.U.I.T. DE LA EMPRESA | Sin guiones. Dato Obligatorio. |
3 (*) | 17 | 26 | 10 | N | CÓDIGO DE ESTABLECIMIENTO EMPRESA | Valor numérico entero. Dato Obligatorio. |
4 | 27 | 34 | 8 | N | FECHA SUSCRIPCIÓN DEL I.G.E. | Formato AAAAMMDD. Dato Obligatorio. |
5 | 35 | 40 | 6 | N | TRABAJADORES DE PRODUCCIÓN | Valor numérico entero. Dato Obligatorio. |
6 | 41 | 46 | 6 | N | TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS | Valor numérico entero. Dato Obligatorio. |
7 | 47 | 52 | 6 | N | TRABAJADORES DE TERCEROS | Valor numérico entero. Dato Obligatorio. |
8 | 53 | 58 | 6 | N | CANTIDAD DE AT CON DIEZ (10) DÍAS DE BAJA O MENOS | Valor numérico entero. Dato Obligatorio. |
9 | 59 | 64 | 6 | N | CANTIDAD DE AT CON MAS DE DIEZ (10) DÍAS DE BAJA | Valor numérico entero Dato Obligatorio. |
10 | 65 | 70 | 6 | N | CANTIDAD DE AT CON SECUELAS INCAPACITANTES | Valor numérico entero. Dato Obligatorio. |
11 | 71 | 76 | 6 | N | CANTIDAD DE EP TOTALES | Valor numérico entero. Dato Obligatorio. |
12 | 77 | 82 | 6 | N | CASOS MORTALES | Valor numérico entero. Dato Obligatorio. |
13 (*) | 83 | 84 | 2 | N | INDICADOR PROGRAMA | Campo fijo = 15 Dato Obligatorio. |
14 (*) | 85 | 86 | 2 | N | INDICADOR MUESTRA | Número de muestra vigente a la que pertenece la empresa Dato Obligatorio. |
15 | 87 | 87 | 1 | A | TIPO DE OPERACIÓN | A = Alta, M = Modificación, Dato Obligatorio. |
Observaciones.
Campo N° 3 CÓDIGO DE ESTABLECIMIENTO EMPRESA. Se refiere al Código del Establecimiento Empresa según Matriz Única.
Campo N° 4 FECHA DE SUSCRIPCIÓN. Se refiere a la fecha en que se suscribe el formulario I.G.E.
Campo N° 5 TRABAJADORES DE PRODUCCIÓN. Se refiere a la cantidad de trabajadores que se relacionen directamente con la obtención de los productos o servicios principales del empleador.
Campo N° 6 TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS. Se refiere a la cantidad de trabajadores que se relacionen indirectamente con la obtención de los productos o servicios principales del empleador. Trabajadores que desarrollen tareas netas y exclusivas de administración relacionadas indirectamente con las tareas de los trabajadores de producción.
Campo N° 7 TRABAJADORES DE TERCEROS. Se refiere a la cantidad de trabajadores subcontratados (administrativos y/o producción) que desarrollen tareas en el establecimiento.
Campo N° 8 CANTIDAD DE AT CON DIEZ (10) DÍAS DE BAJA O MENOS. Se refiere a la cantidad de accidentes de trabajo registrados en el establecimiento, iguales y/o menores a DIEZ (10) días de baja. Incluye los AT de los trabajadores de terceros.
Campo N° 9 CANTIDAD DE AT CON MAS DE DIEZ (10) DÍAS DE BAJA. Se refiere a la cantidad de accidentes de trabajo registrados en el establecimiento, de más de DIEZ (10) días de baja. Incluye los AT de los trabajadores de terceros.
Campo N° 10 CANTIDAD DE AT CON SECUELAS INCAPACITANTES. Se refiere a la cantidad de casos de AT con Incapacidades registradas, sin contar los registrados como estrés post traumático.
Campo N° 11 CANTIDAD DE EP TOTALES. Se refiere a la cantidad de Enfermedades Profesionales registradas, independientemente de los días caídos.
Campo N° 12 CASOS MORTALES. Se refiere a la cantidad de casos mortales correspondientes al establecimiento.
La operación M (Modificación) solo estará disponible para ser usada hasta los SESENTA (60) días hábiles desde la fecha de presentación (y aceptación) del registro que se pretende operar.
3.4. ESTRUCTURA DEL REGISTRO DE DATOS DEL PLAN DE REDUCCIÓN DE SINIESTRALIDAD POR ESTABLECIMIENTO.
Contiene la información mínima suscripta por el empleador sobre los datos del Plan de Reducción de Siniestralidad por establecimiento.
3.4.1. Descripción del archivo de Datos del Plan de Reducción de Siniestralidad por Establecimiento.
El archivo se denominará ARTcartv.SPn, en donde:
ART | Valor constante “ART”. |
Cartv | Código de ART incluido el dígito verificador. |
SP | Constante “SP” que identifica el contenido del archivo. |
N | Número de archivo con valores de 1 a 9. |
N° Campo | Posiciones | Tipo Dato | Denominación del Campo | Descripción del Formato | ||
Desde | Hasta | Long. | ||||
1 (*) | 1 | 5 | 5 | AN | CÓDIGO DE ASEGURADORA | Código de la Aseguradora. Dato Obligatorio. |
2 (*) | 6 | 16 | 11 | N | C.U.I.T. DE LA EMPRESA | Sin guiones. Dato Obligatorio. |
3 (*) | 17 | 26 | 10 | N | CÓDIGO DE ESTABLECIMIENTO EMPRESA | Valor numérico entero. Dato Obligatorio. |
4 | 27 | 34 | 8 | N | FECHA DE SUSCRIPCIÓN DEL P.R.S. | Valor numérico entero. Formato AAAAMMDD Dato Obligatorio. |
5 (*) | 35 | 36 | 2 | N | NÚMERO DE MEDIDA PREVENTIVA | Valor numérico entero. Dato Obligatorio. |
6 | 37 | 37 | 1 | N | CLASIFICACIÓN DE LA MEDIDA PREVENTIVA | Valor numérico entero. Dato Obligatorio. |
7 | 38 | 42 | 5 | AN | AGENTE MATERIAL ASOCIADO // AGENTE CAUSANTE DE LA EP. | Valor numérico entero. |
8 | 43 | 46 | 4 | AN | FORMA DE OCURRENCIA DEL AT // DIAGNÓSTICO DEL CIE-10. | Valor numérico entero. |
9 | 47 | 1546 | 1500 | A | DESCRIPCIÓN DE LA MEDIDA PREVENTIVA | Texto de la medida preventiva general/específica. |
10 | 1547 | 1554 | 8 | N | FECHA COMPROMETIDA POR EL EMPLEADOR. | Valor numérico entero. Formato AAAAMMDD. Dato Obligatorio. |
11 | 1555 | 1562 | 8 | N | FECHA DE VERIFICACIÓN DE LA A.R.T. | Valor numérico entero. Formato AAAAMMDD. Dato Obligatorio. |
12 (*) | 1563 | 1564 | 2 | N | INDICADOR PROGRAMA | Campo fijo = 15 Dato Obligatorio. |
13 (*) | 1565 | 1566 | 2 | N | INDICADOR MUESTRA | Número de muestra vigente a la que pertenece la empresa Dato Obligatorio. |
14 | 1567 | 1567 | 1 | A | TIPO DE OPERACIÓN | A = Alta, M = Modificación, B = Baja Dato Obligatorio. |
Observaciones.
Campo N° 3 CÓDIGO DE ESTABLECIMIENTO EMPRESA. Se refiere al Código del Establecimiento Empresa según Matriz Única.
Campo N° 4 FECHA DE SUSCRIPCIÓN DEL P.R.S. se refiere a la fecha en que se constituye el formulario del Plan de Reducción de Siniestralidad.
Campo N° 5 NÚMERO DE MEDIDA PREVENTIVA, corresponde al número correlativo que identifica a cada una de las medidas preventivas generales y específicas.
Campo N° 6 CLASIFICACIÓN DE LA MEDIDA PREVENTIVA, se refiere al tipo de medida establecida en el P.R.S. Los valores posibles son:
- 1. Mejoras del Sistema de Gestión de Seguridad, Prevención y Salud Ocupacional.
- 2. Causal de Accidente de Trabajo.
- 3. Causal de Enfermedad Profesional.
- 4. Riesgo Potencial de Accidente de Trabajo.
- 5. Riesgo Potencial de Enfermedad Profesional.
Campo N° 7 AGENTE MATERIAL ASOCIADO // AGENTE CAUSANTE DE LA EP, se refiere al código de Agente Material Asociado según lo establecido por la Resolución S.R.T. N° 3.326/14 (RENAL - Registro Nacional de Accidentes Laborales) si en el campo N° 7 (CLASIFICACIÓN DE LA MEDIDA PREVENTIVA) se indicó el valor 2 (Causal de Accidente de Trabajo) o el valor 4 (Riesgo Potencial de Accidente de Trabajo). O será el código de Agente Causante de la EP según lo establecido en la Resolución S.R.T. N° 3327/14 si en el campo N° 7 (CLASIFICACIÓN DE LA MEDIDA PREVENTIVA) se indicó el valor 3 (Causal de Enfermedad Profesional) o el valor 5 (Riesgo Potencial de Enfermedad Profesional). Este campo debe venir con espacios en blanco cuando en el campo N° 6 (CLASIFICACIÓN DE LA MEDIDA PREVENTIVA) se indique el valor 1 (Mejoras del Sistema de Gestión de Seguridad, Prevención y Salud Ocupacional).
Campo N° 8 FORMA DE OCURRENCIA DEL AT // DIAGNÓSTICO DEL CIE-10, se refiere al código de la Forma de Ocurrencia del AT según lo establecido por la Resolución S.R.T. N° 3.326/14 (R.E.N.A.L. - Registro Nacional de Accidentes Laborales) si en el campo N° 7 (CLASIFICACIÓN DE LA MEDIDA PREVENTIVA) se indicó el valor 2 (Causal de Accidente de Trabajo) o el valor 4 (Riesgo Potencial de Accidente de Trabajo). O será el código de Diagnóstico del CIE-10 de la Enfermedad Profesional según lo establecido en la Resolución S.R.T. N° 3.327/14 si en el campo N° 7 (CLASIFICACIÓN DE LA MEDIDA PREVENTIVA) se indicó el valor 3 (Causal de Enfermedad Profesional) o el valor 5 (Riesgo Potencial de Enfermedad Profesional). Este campo debe venir con espacios en blanco cuando en el campo N° 6 (CLASIFICACIÓN DE LA MEDIDA PREVENTIVA) se indique el valor 1 (Mejoras del Sistema de Gestión de Seguridad, Prevención y Salud Ocupacional).
Campo N° 9 DESCRIPCIÓN DE LA MEDIDA PREVENTIVA, se refiere a las descripciones de cada una de las medidas preventivas contenidas en el P.R.S. Si en el campo N° 6 (NÚMERO DE MEDIDA PREVENTIVA) se indica un valor comprendido entre UNO (1) y SIETE (7) (ésta última solo cuando corresponda) y en el campo N° 7 (CLASIFICACIÓN DE LA MEDIDA PREVENTIVA) se determinó el valor 1 (Mejoras del Sistema de Gestión de Seguridad, Prevención y Salud Ocupacional), las descripciones deben ser OMITIDAS. Solo se debe indicar el número de medida preventiva en el campo correspondiente. Esto es a efectos de minimizar los posibles errores por transcripción del texto de la medida. Dicho texto será incorporado por la S.R.T. al momento de dar ingreso a estas medidas. En cambio, si en al campo N° 6 (NÚMERO DE MEDIDA PREVENTIVA) se indicó el valor OCHO (8) o un número superior, el texto es libre, obligatorio y se considerará válido lo declarado.
Campo N° 10 FECHA COMPROMETIDA POR EL EMPLEADOR, se refiere a la fecha comprometida por el empleador para implementar la medida preventiva general/específica. Siempre deben ser declarada indistintamente si corresponde al PRS general o específico.
Campo N° 11 FECHA DE VERIFICACIÓN DE LA A.R.T., se refiere a la fecha que la A.R.T. fija para verificar el cumplimiento de medida preventiva general/específica por parte del empleador. Siempre deben ser declarada indistintamente si corresponde al P.R.S. general o específico.
Las operaciones M (Modificación) y B (Baja) solo estarán disponibles para ser usadas hasta los SESENTA (60) días hábiles desde la fecha de presentación (y aceptación) del registro que se pretende operar.
3.5. ESTRUCTURA DEL REGISTRO DE VISITAS
Contiene la información mínima suscripta por el empleador sobre los datos del Plan de visitas y las visitas realizadas por establecimiento.
3.5.1 Descripción del archivo de Visitas.
El archivo se denominará ARTcartv.SVn, en donde:
ART | Valor constante “ART”. |
Cartv | Código de ART incluido el dígito verificador. |
SV | Constante “SV” que identifica el contenido del archivo. |
N | Número de archivo con valores de 1 a 9. |
N° Campo | Posiciones | Tipo Dato | Denominación del Campo | Descripción del Formato | ||
Desde | Hasta | Long. | ||||
1 (*) | 1 | 5 | 5 | AN | CÓDIGO DE ASEGURADORA | Código de la Aseguradora. Dato Obligatorio. |
2 (*) | 6 | 16 | 11 | N | C.U.I.T. DE LA EMPRESA | Sin guiones. Dato Obligatorio. |
3 (*) | 17 | 26 | 10 | N | CÓDIGO DE ESTABLECIMIENTO EMPRESA | Valor numérico entero. Dato Obligatorio. |
4 (*) | 27 | 34 | 8 | N | FECHA DE VISITA | Valor numérico entero. Formato AAAAMMDD Dato Obligatorio. |
5 (*) | 35 | 36 | 2 | N | MOTIVO DE LA VISITA | Valor numérico entero. Dato Obligatorio. |
6 (*) | 37 | 44 | 8 | N | NÚMERO DE CONTRATO | Valor numérico entero. Dato Obligatorio. |
7 | 45 | 46 | 2 | N | NÚMERO DE LA VISITA | Valor numérico entero. |
8 | 47 | 48 | 2 | N | RESULTADO DE LA VISITA | Valor numérico entero. |
9 | 49 | 49 | 1 | A | TIPO DE OPERACIÓN | A=Alta, B=Baja Dato Obligatorio. |
Observaciones.
Campo N° 3 CÓDIGO DE ESTABLECIMIENTO EMPRESA. Se refiere al Código del Establecimiento Empresa según Matriz Única.
Campo N° 4 FECHA DE VISITA, se refiere a la visita planificada o la visita realizada, según el valor declarado en el campo N° 5 MOTIVO DE LA VISITA.
Campo N° 5 MOTIVO DE LA VISITA, se refiere al tipo de visita informada. Los valores posibles son:
- 06. Visita planificada.
- 07. Visita realizada.
Campo N° 6 NÚMERO DE CONTRATO se refiere al número de contrato que vincula al empleador con la Aseguradora y se encuentra declarado en el Registro de Contratos.
Campo N° 7 NÚMERO DE LA VISITA, se refiere al número de visita planificada o realizada del plan de visitas. Deben ser número correlativos comenzando a partir del UNO (1).
Las visitas planificadas deberán ingresar en bloque, es decir para aquellos establecimientos donde en el I.G.E. se indicó que se trata de un “Establecimiento sin AT/EP” las visitas planificadas a informar serán en un mínimo de CUATRO (4) fechas distintas.
Para aquellos establecimientos, en donde en el I.G.E. se indicó que se tratan de “Establecimientos con AT/EP” las visitas planificadas a informar deberán ingresar en cantidades no menores a OCHO (8) fechas distintas.
No ingresarán las visitas planificadas cuando se presenten en cantidades menores a las indicadas para cada tipo de establecimiento (con o sin AT/EP).
Se deben incorporar a la planificación todas las visitas comprometidas en el P.R.S. general y específico (si existiese).
Las bajas deben operar para todas las visitas planificadas del establecimiento. Es decir, no será posible dar de baja a una cantidad de visitas de la planificación que no sea equivalente al mínimo requerido por caso.
En cambio, para las visitas realizadas no habrá controles sobre cantidad de visitas a informar.
Habrá visitas realizadas que se corresponden a visitas planificas. Al declararse estas visitas realizadas se deberá indicar el número de visita correspondiente según la planificación.
Podrá haber visitas realizadas que no se corresponden a ninguna de las informadas en la planificación. Para éstas en el campo N° 7 NUMERO DE VISITA, se deberá indicar espacios en blanco.
Las bajas de las visitas realizadas pueden realizarse en forma individual (visita a visita) o grupal (todas las visitas juntas).
Campo N° 8 RESULTADO DE LA VISITA, se refiere a la identificación del resultado de la visita realizada (solo cuando en el campo N° 5 MOTIVO DE LA VISITA se declare el valor 07 VISITA REALIZADA), a partir de los códigos detallados a continuación:
CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | FALLIDA |
01 | Dirección Inexistente | SI |
03 | Dirección Inaccesible | SI |
04 | Desconocido / se mudó | SI |
05 | No atiende nadie | SI |
06 | Establecimiento sin personal / sin actividad económica | SI |
07 | No permite el ingreso / no brinda información | SI |
08 | Obra finalizada | SI |
09 | Obra suspendida | SI |
10 | Dirección Correcta | NO |
11 | No coincide con denominación en el sistema | SI |
12 | Dirección Incompleta o sin datos orientativos | SI |
La operación de Baja (B) solo estará disponible para ser usada hasta los SESENTA (60) días hábiles desde la fecha de presentación (y aceptación) del registro que se pretende operar.
3.6. ESTRUCTURA DEL REGISTRO DE DATOS DEL SEGUIMIENTO DEL PLAN DE REDUCCIÓN DE SINIESTRALIDAD POR ESTABLECIMIENTO.
Contiene la información mínima suscripta por el empleador sobre los datos del Seguimiento del Plan de Reducción de Siniestralidad por establecimiento.
3.6.1. Descripción del archivo de Datos del Seguimiento del Plan de Reducción de Siniestralidad por Establecimiento.
El archivo se denominará ARTcartv.SSn, en donde:
ART | Valor constante “ART”. |
Cartv | Código de ART incluido el dígito verificador. |
SS | Constante “SS” que identifica el contenido del archivo. |
N | Número de archivo con valores de 1 a 9. |
N° Campo | Posiciones | Tipo Dato | Denominación del Campo | Descripción del Formato | ||
Desde | Hasta | Long. | ||||
1 (*) | 1 | 5 | 5 | AN | CÓDIGO DE ASEGURADORA | Código de la Aseguradora. Dato Obligatorio. |
2 (*) | 6 | 16 | 11 | N | C.U.I.T. DE LA EMPRESA | Sin guiones. Dato Obligatorio. |
3 (*) | 17 | 26 | 10 | N | CÓDIGO DE ESTABLECIMIENTO EMPRESA | Valor numérico entero. Dato Obligatorio. |
4 (*) | 27 | 28 | 2 | N | NÚMERO DE MEDIDA PREVENTIVA | Número correlativo de las medidas preventivas. Dato Obligatorio. |
5 (*) | 29 | 36 | 8 | N | FECHA DE VERIFICACIÓN DE LA A.R.T. | Valor numérico entero. Formato AAAAMMDD. Dato Obligatorio. |
6 | 37 | 37 | 1 | A | CUMPLIMIENTO DE LA MEDIDA PREVENTIVA | S = Si cumple; N = No cumple Dato Obligatorio. |
7 (*) | 38 | 39 | 2 | N | INDICADOR PROGRAMA | Campo fijo = 15 Dato Obligatorio. |
8 (*) | 40 | 41 | 2 | N | INDICADOR MUESTRA | Número de muestra vigente a la que pertenece la empresa Dato Obligatorio. |
9 | 42 | 42 | 1 | A | TIPO DE OPERACIÓN | A = Alta, M = Modificación, B = Baja Dato Obligatorio. |
Observaciones.
Campo N° 3 CÓDIGO DE ESTABLECIMIENTO EMPRESA. Se refiere al Código del Establecimiento Empresa según Matriz Única.
Campo N° 4 NÚMERO DE MEDIDA PREVENTIVA, se refiere al número de la medida preventiva general/específica del P.R.S.
Campo N° 5 FECHA DE VERIFICACIÓN DE LA A.R.T., se refiere a la fecha en que la Aseguradora realiza la verificación de la medida preventiva general/específica del P.R.S.
Campo N° 6 CUMPLIMIENTO DE LA MEDIDA PREVENTIVA, se refiere al indicador de cumplimiento de la medida preventiva general/específica del P.R.S. Los valores posibles son:
- S. Sí cumple.
- N. No cumple.
Las operaciones M (Modificación) y B (Baja) solo estarán disponibles para ser usadas hasta los SESENTA (60) días hábiles desde la fecha de presentación (y aceptación) del registro que se pretende operar.
3.7. ESTRUCTURA DEL REGISTRO DE DENUNCIAS POR INCUMPLIMIENTOS DETECTADOS POR LA A.R.T.
Contiene la información sobre los datos de las denuncias por incumplimiento por establecimiento.
3.7.1. Descripción del archivo de Denuncias por Incumplimientos detectados por la A.R.T.
El archivo se denominará ARTcartv.SDn, en donde:
ART | Valor constante “ART”. |
Cartv | Código de ART incluido el dígito verificador. |
SD | Constante “SD” que identifica el contenido del archivo. |
N | Número de archivo con valores de 1 a 9. |
N° Campo | Posiciones | Tipo Dato | Denominación del Campo | Descripción del Formato | ||
Desde | Hasta | Long. | ||||
1 (*) | 1 | 5 | 5 | AN | CÓDIGO DE ASEGURADORA | Código de la Aseguradora. Dato Obligatorio. |
2 (*) | 6 | 16 | 11 | N | C.U.I.T. DE LA EMPRESA | Sin guiones. Dato Obligatorio. |
3 (*) | 17 | 26 | 10 | N | CÓDIGO DE ESTABLECIMIENTO EMPRESA | Valor numérico entero. Dato Obligatorio. |
4 (*) | 27 | 34 | 8 | N | NÚMERO DE CONTRATO | Valor numérico entero. Dato Obligatorio. |
5 (*) | 35 | 36 | 2 | AN | CÓDIGO DEL MOTIVO DE DENUNCIA | Valor numérico entero. Dato Obligatorio. |
6 | 37 | 44 | 8 | N | FECHA DE NOTIFICACIÓN DE LA A.R.T. | Valor numérico entero. Formato AAAAMMDD Dato No Obligatorio. |
7 (*) | 45 | 52 | 8 | N | FECHA DE VERIFICACIÓN DEL INCUMPLIMIENTO | Valor numérico entero. Formato AAAAMMDD Dato Obligatorio. |
8 | 53 | 60 | 8 | N | FECHA DE REGULARIZACIÓN DEL INCUMPLIMIENTO | Formato AAAAMMDD Valor numérico entero. Dato Diferible. |
9 (*) | 61 | 62 | 2 | N | INDICADOR PROGRAMA | Campo fijo = 15 Dato Obligatorio. |
10 (*) | 63 | 64 | 2 | N | INDICADOR MUESTRA | Número de muestra vigente a la que pertenece la empresa Dato Obligatorio. |
11 | 65 | 65 | 1 | A | TIPO DE OPERACIÓN | A=Alta, M=Modificación, B=Baja Dato Obligatorio. |
12 | 66 | 0 | Hasta 3000 | AN | OBSERVACIONES | Observación específica de la A.R.T. con respecto al motivo denunciado. Si el tipo de operación es Baja debe indicar el motivo obligatoriamente. Dato a enviar sólo cuando corresponda. |
Observaciones.
Campo N° 3 CÓDIGO DE ESTABLECIMIENTO EMPRESA. Se refiere al Código del Establecimiento Empresa según Matriz Única.
Campo N° 4 NÚMERO DE CONTRATO se refiere al número de contrato que vincula al empleador con la Aseguradora y se encuentra declarado en el Registro de Contratos.
Campo N° 5 CÓDIGO DEL MOTIVO DE DENUNCIA, se refiere al código de incumplimiento de la tabla de incumplimientos que se adjunta a continuación.
Campo N° 6 FECHA DE NOTIFICACIÓN DE LA A.R.T., se refiere a la fecha que la A.R.T. le notifica al empleador que tiene que cumplir con el motivo denunciado.
Campo N° 7 FECHA DE VERIFICACIÓN DEL INCUMPLIMIENTO, se refiere a la fecha en que la ART verifica el incumplimiento denunciado.
Campo N° 8 FECHA DE REGULARIZACIÓN DEL INCUMPLIMIENTO, se refiere a la fecha que en el empleador regulariza el incumplimiento denunciado.
Campo N° 12 OBSERVACIONES, se refiere a cualquier comentario u observación que la A.R.T. quiere dejar asentado respecto del ítem denunciado. Para cuando se realiza una operación de baja se debe indicar el motivo de la misma.
Las operaciones M (Modificación) y B (Baja) solo estarán disponibles para ser usadas hasta los SESENTA (60) días hábiles desde la fecha de presentación (y aceptación) del registro que se pretende operar.
MOTIVOS DE DENUNCIAS POR INCUMPLIMIENTOS A LA NORMATIVA VIGENTE, DETECTADOS POR LA A.R.T.
CODIGO | DESCRIPCION DEL INCUMPLIMIENTO DENUNCIADO | NORMATIVA |
05 | SERVICIO DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO | DEC. 351/79 |
06 | SERVICIO DE MEDICINA DEL TRABAJO | DEC. 351/79 |
07 | HERRAMIENTAS | DEC. 351/79 |
08 | MAQUINAS | DEC. 351/79 |
09 | ESPACIOS DE TRABAJO | DEC. 351/79 |
10 | ERGONOMIA | DEC. 351/79 |
11 | PROTECCION CONTRA INCENDIOS - Vías de Escape | DEC. 351/79 |
12 | PROTECCION CONTRA INCENDIOS - Extinción y detección | DEC. 351/79 |
13 | PROTECCION CONTRA INCENDIOS - Depósitos de combustible | DEC. 351/79 |
14 | ALMACENAJE | DEC. 351/79 |
15 | SUSTANCIAS PELIGROSAS: USO Y ALMACENAJE | DEC. 351/79 |
16 | RIESGO ELECTRICO | DEC. 351/79 |
17 | APARATOS SOMETIDOS A PRESIÓN - Calderas y otros | DEC. 351/79 |
18 | APARATOS SOMETIDOS A PRESIÓN - Uso y Almacenamiento de Gases | DEC. 351/79 |
19 | EQUIPOS Y ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL (E.P.P.) | DEC. 351/79 |
20 | ILUMINACION Y COLOR | DEC. 351/79 |
21 | CONDICIONES HIGROTERMICAS | DEC. 351/79 |
22 | RADIACIONES IONIZANTES | DEC. 351/79 |
23 | RADIACIONES IONIZANTES y LASERES | DEC. 351/79 |
24 | INSTALACIONES EDILICIAS, INCLUIDOS DESAGUES Y SANITARIOS | DEC. 351/79 |
25 | APARATOS PARA IZAR, MONTACARGAS Y ASCENSORES | DEC. 351/79 |
26 | CAPACITACIÓN Y PRIMEROS AUXILIOS | DEC. 351/79 |
27 | VEHICULOS | DEC. 351/79 |
28 | CONTAMINACION AMBIENTAL | DEC. 351/79 |
29 | RUIDO, ULTRASONIDO E INFRASONIDO | DEC. 351/79 |
30 | VIBRACIONES | DEC. 351/79 |
31 | SOLDADURA | DEC. 351/79 |
32 | ESCALERAS | DEC. 351/79 |
33 | MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE LAS MAQUINAS Y EQUIPOS | DEC. 351/79 |
34 | SERVICIO DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO | DEC. 617/97 |
35 | SERVICIO DE MEDICINA DEL TRABAJO | DEC. 617/97 |
36 | EQUIPOS Y ELEMENTOS DE PROTECCION PERSONAL (E.P.P.) | DEC. 617/97 |
37 | CAPACITACIÓN Y PRIMEROS AUXILIOS | DEC. 617/97 |
38 | SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA | DEC. 617/97 |
39 | MAQUINARIAS, MOTORES Y MECANISMOS DE TRANSMISION. | DEC. 617/97 |
40 | MAQUINAS AGRICOLAS: TRACTORES Y OTRAS MAQUINAS AGRICOLAS | DEC. 617/97 |
41 | HERRAMIENTAS | DEC. 617/97 |
42 | CONTAMINACIÓN AMBIENTAL | DEC. 617/97 |
43 | RUIDO | DEC. 617/97 |
44 | ILUMINACION y CARGA TERMICA | DEC. 617/97 |
45 | RIESGO ELECTRICO | DEC. 617/97 |
46 | MANEJO DE MATERIALES | DEC. 617/97 |
47 | USO Y ALMACENAMIENTO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS | DEC. 617/97 |
48 | SILOS | DEC. 617/97 |
49 | ESTIBA DE MATERIALES | DEC. 617/97 |
50 | PROTECCION CONTRA INCENDIOS - QUEMA DE RASTROJOS | DEC. 617/97 |
51 | PROTECCION CONTRA INCENDIOS - Extinción | DEC. 617/97 |
52 | PROTECCION CONTRA INCENDIOS - Depósito de combustibles | DEC. 617/97 |
53 | VEHICULOS | DEC. 617/97 |
54 | EXPLOTACION FORESTAL | DEC. 617/97 |
55 | MANEJO DE ANIMALES | DEC. 617/97 |
56 | CONTAMINACION BIOLOGICA | DEC. 617/97 |
57 | SERVICIO DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO | DEC. 911/96 |
58 | LEGAJO TÉCNICO | DEC. 911/96 |
59 | AVISO DE INICIO DE OBRA | DEC. 911/96 |
60 | PROGRAMA DE SEGURIDAD | DEC. 911/96 |
61 | CAPACITACIÓN | DEC. 911/96 |
62 | SERVICIO DE INFRAESTRUCTURA DE OBRA | DEC. 911/96 |
63 | ORDEN Y LIMPIEZA | DEC. 911/96 |
64 | ALMACENAMIENTO DE MATERIALES | DEC. 911/96 |
65 | CAIDA DE PERSONAS Y/O OBJETOS A DISTINTO NIVEL | DEC. 911/96 |
66 | TRABAJOS EN VÍA PÚBLICA | DEC. 911/96 |
67 | SEÑALIZACIÓN | DEC. 911/96 |
68 | RIESGO ELECTRICO | DEC. 911/96 |
69 | PROTECCION CONTRA INCENDIOS | DEC. 911/96 |
70 | DEPOSITOS INFLAMABLES | DEC. 911/96 |
71 | EQUIPOS Y ELEMENTOS DE PROTECCION PERSONAL (E.P.P.) | DEC. 911/96 |
72 | CONTAMINACION AMBIENTAL | DEC. 911/96 |
73 | RUIDO | DEC. 911/96 |
74 | ILUMINACION | DEC. 911/96 |
75 | ESPACIOS CONFINADOS | DEC. 911/96 |
76 | TRABAJOS DE DEMOLICION | DEC. 911/96 |
77 | EXCAVACIONES Y TRABAJOS SUBTERRANEOS | DEC. 911/96 |
78 | TRABAJOS CON HORMIGON | DEC. 911/96 |
79 | MAQUINAS | DEC. 911/96 |
80 | HERRAMIENTAS | DEC. 911/96 |
81 | ESCALERAS | DEC. 911/96 |
82 | ANDAMIOS de MADERA, TUBULARES Y CABALLETES | DEC. 911/96 |
83 | ANDAMIOS COLGANTES | DEC. 911/96 |
84 | SILLETAS | DEC. 911/96 |
85 | VEHICULOS Y MAQUINARIA AUTOMOTRIZ | DEC. 911/96 |
86 | GRUAS Y APARATOS ELEVADORES | DEC. 911/96 |
87 | MONTACARGAS Y MONTAPERSONAS | DEC. 911/96 |
88 | CUERDAS, CADENAS Y ESLINGAS | DEC. 911/96 |
89 | SOLDADURA Y CORTE A GAS | DEC. 911/96 |
90 | APARATOS SOMETIDOS A PRESIÓN | DEC. 911/96 |
91 | NO PRESENTÓ EL RELEVAMIENTO DE AGENTES DE RIESGO CON LA NÓMINA DE TRABAJADORES EXPUESTOS. | RES. SRT N° 301/11 |
92 | EL RELEVAMIENTO DE AGENTES DE RIESGO NO GUARDA VEROSIMILITUD CON LA ACTIVIDAD DECLARADA POR LA EMPRESA. | RES. SRT N° 301/11 |
93 | NO PRESENTÓ LA DOCUMENTACIÓN RESPALDATORIA. | RES. SRT N° 301/11 |
94 | NO AUTORIZÓ LA CONCURRENCIA DEL PERSONAL EXPUESTO A RIESGOS SEGÚN NÓMINA, PARA LA REALIZACIÓN DE LOS EXÁMENES PERIÓDICOS DENTRO DEL PLAZO ESTABLECIDO. | RES. SRT N° 301/11 |
95 | NO SE PRESENTÓ LA TOTALIDAD DEL PERSONAL CITADO PARA LA REALIZACIÓN DE LOS EXÁMENES PERIÓDICOS. | RES. SRT N° 301/11 |
96 | NEGATIVA AL INGRESO A EL/LOS ESTABLECIMIENTO/S. | SRT N° 363/16 |
97 | PRESENTÓ PROGRAMA DE SEGURIDAD FUERA DE TÉRMINO | NOTA G.P. N° 764/12 |
98 | CESE DE RIESGO INMINENTE DE DERRUMBE O DESMORONAMIENTO | NOTA G.P. N° 764/12 |
99 | FALTA DE PRESENTACIÓN/SUSCRIPCIÓN DEL I.G.E. ORIGINAL | RES. S.R.T. N° 363/16 |
A0 | FALTA DE PRESENTACIÓN/SUSCRIPCIÓN DEL I.G.E. RECTIFICATIVO | RES. S.R.T. 363/16 |
A1 | FALTA DE PRESENTACIÓN/SUSCRIPCIÓN P.R.S. ORIGINALES. | RES. S.R.T. N° 363/16 |
A2 | FALTA DE PRESENTACIÓN/SUSCRIPCIÓN DEL P.R.S. RECTIFICATIVOS | RES. S.R.T. N° 363/16 |
A3 | FALTA DE PRESENTACIÓN/SUSCRIPCIÓN DEL R.G.R.L. POR INCLUSIÓN EN P.E.S.E. | RES. S.R.T. N° 363/16 |
A4 | ALMACENAJE | DEC. 249/07 |
A5 | APARATOS PARA IZAR, MONTACARGAS Y ASCENSORES | DEC. 249/07 |
A6 | APARATOS SOMETIDOS A PRESIÓN - Calderas y otros | DEC. 249/07 |
A7 | APARATOS SOMETIDOS A PRESIÓN - Uso y Almacenamiento de Gases | DEC, 249/07 |
A8 | AUTOELEVADORES (Capacidad de carga hasta 3500 Kg.) | DEC. 249/07 |
A9 | CAPACITACIÓN Y PRIMEROS AUXILIOS | DEC. 249/07 |
B0 | COMITÉ DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO | DEC. 249/07 |
B1 | CONDICIONES HIGROTÉRMICAS | DEC. 249/07 |
B2 | CONTAMINACIÓN AMBIENTAL | DEC. 249/07 |
B3 | EQUIPOS Y ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL (E.P.P.) | DEC. 249/07 |
B4 | ERGONOMÍA | DEC. 249/07 |
B5 | ESCALERAS | DEC. 249/07 |
B6 | ESCOMBRERAS | DEC. 249/07 |
B7 | ESPACIOS CONFINADOS | DEC. 249/07 |
B8 | ESPACIOS DE TRABAJO | DEC. 249/07 |
B9 | FERROCARRILES Y MÁQUINAS DE TRANSPORTE | DEC. 249/07 |
C0 | FORTIFICACIONES | DEC. 249/07 |
C1 | HERRAMIENTAS | DEC. 249/07 |
C2 | ILUMINACIÓN Y COLOR | DEC. 249/07 |
C3 | INSTALACIONES EDILICIAS, INCLUIDOS DESAGÜES Y SANITARIOS | DEC. 249/07 |
C4 | EXPLOSIVOS | DEC. 249/07 |
C5 | MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE LAS MÁQUINAS Y EQUIPOS | DEC. 249/07 |
C6 | MAPA DE RIESGO | DEC. 249/07 |
C7 | MÁQUINAS | DEC. 249/07 |
C8 | MEDIDAS GENERALES DE PREVENCIÓN | DEC. 249/07 |
C9 | MINERÍA A CIELO ABIERTO | DEC. 249/07 |
D0 | MINERÍA DE CARBÓN | DEC. 249/07 |
D1 | MINERÍA SUBTERRÁNEA | DEC. 249/07 |
D2 | PROTECCIÓN CONTRA INCENDIO - Depósitos de combustible | DEC. 249/07 |
D3 | PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS - Extinción y detección | DEC. 249/07 |
D4 | PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS - Vías de Escape | DEC. 249/07 |
D5 | RADIACIONES IONIZANTES Y LASERES | DEC. 249/07 |
D6 | RIESGO ELÉCTRICO | DEC. 249/07 |
D7 | RUIDO, ULTRASONIDO E INFRASONIDO | DEC. 249/07 |
D8 | SEÑALIZACIÓN | DEC. 249/07 |
D9 | SERVICIO DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO | DEC. 249/07 |
E0 | SERVICIO DE MEDICINA DEL TRABAJO | DEC. 249/07 |
E1 | SOLDADURA | DEC. 249/07 |
E2 | SUSTANCIAS PELIGROSAS: USO Y ALMACENAJE | DEC. 249/07 |
E3 | TRABAJOS CON TENSIÓN EN INSTALACIONES ELÉCTRICAS MAYORES A UN (1) KILOVOLT | DEC. 249/07 |
E4 | TRABAJOS CON TENSIÓN EN INSTALACIONES ELÉCTRICAS MENORES A UN (1) KILOVOLT | DEC. 249/07 |
E5 | TRANSPORTE DE PERSONAL Y MOVIMIENTO DE MATERIALES | DEC. 249/07 |
E6 | VEHÍCULOS | DEC. 249/07 |
E7 | VIBRACIONES | DEC. 249/07 |
3.8. ESTRUCTURA DEL REGISTRO DE EXCLUSIÓN DE EMPRESAS
Contiene la información mínima sobre los pedidos de exclusión de empresas de la muestra.
3.8.1 Descripción del archivo de Exclusiones
El archivo se denominará ARTcartv.SXn, en donde:
ART | Valor constante “ART”. |
Cartv | Código de ART incluido el dígito verificador. |
SX | Constante “SX” que identifica el contenido del archivo. |
N | Número de archivo con valores de 1 a 9. |
N° Campo | Posiciones | Tipo Dato | Denominación del Campo | Descripción del Formato | ||
Desde | Hasta | Long. | ||||
1 (*) | 1 | 5 | 5 | AN | CÓDIGO DE ASEGURADORA | Código de la Aseguradora. Dato Obligatorio. |
2 (*) | 6 | 16 | 11 | N | C.U.I.T. DE LA EMPRESA | Sin guiones. Dato Obligatorio. |
3 (*) | 17 | 18 | 2 | N | CÓDIGO DEL MOTIVO DE SOLICITUD DE EXCLUSION | Valor numérico entero. Dato Obligatorio. |
4 (*) | 19 | 20 | 2 | N | INDICADOR PROGRAMA | Campo fijo = 15. Dato Obligatorio. |
5 (*) | 21 | 22 | 2 | N | INDICADOR MUESTRA | Número de muestra vigente a la que pertenece la empresa Dato Obligatorio. |
6 | 23 | 23 | 1 | A | TIPO DE OPERACIÓN | A=Alta, B=Baja Dato Obligatorio. |
7 | 24 | - | Hasta 3000 | AN | OBSERVACIONES | Observaciones de la ART sobre los motivos por los cuales solicita la exclusión de la empresa. Dato a enviar solo cuando corresponda. |
Observaciones.
Campo N° 3 CÓDIGO DEL MOTIVO DE SOLICITUD DE EXCLUSIÓN, se refiere al código del motivo de exclusión que se indica como motivo de exclusión del programa. Los valores posibles son:
Código | Descripción |
01 | Cese de actividad. La A.R.T. debe exigir el formulario presentado en A.F.I.P. |
02 | Sin personal. La A.R.T. debe exigir el formulario presentado en A.F.I.P. |
03 | Cambio de actividad: presentar comprobante de nuevo contrato. |
04 | Revisión del Índice de Siniestralidad por modificación de Registros por parte de la A.R.T. (sujeto a auditoría S.R.T.). |
06 | Declaración de falencia del empleador. Presentar comprobante del dictamen judicial. |
e. 03/10/2016 N° 73084/16 v. 03/10/2016