MINISTERIO DEL INTERIOR
SOLICITUDES DE INGRESO AL PAIS DE EXTRANJEROS
Resumen:
LA DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES RESOLVERA LAS SOLICITUDES DE INGRESO AL PAIS DE EXTRANJEROS QUE SE PETICIONEN DESDE EL TERRITORIO NACIONAL EMITIENDO UNA DISPOSICION, LA QUE SE PROTOCOLARIZARA DE MODO DUPLICADO. UNO DE LOS EJEMPLARES ORIGINALES SERA ENTREGADO EN SOBRE CERRADO AL SOLICITANTE QUE ACTUE EN NOMBRE Y REPRESENTACION DEL EXTRANJERO, PARA QUE ESTE DILIGENCIE SU PRESENTACION ANTE EL CONSULADO ARGENTINO CORRESPONDIENTE AL TRAMITE. EL OTRO SERA CONSERVADO POR EL DEPARTAMENTO DE DESPACHO Y RESOLUCIONES, PARA SU CORRESPONDIENTE ARCHIVO.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 6° DE LA DISPOSICION 2094/2011 DE LA DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, B.O. 25/08/2011, PAGINA 33.