Presidencia de la Nación

DIRECCION NACIONAL ELECTORAL


MINISTERIO DEL INTERIOR

DIRECCION NACIONAL ELECTORAL

Disposición Nº 3/2009

Bs. As., 13/5/2009

VISTO la Ley Nº 26.215 de Financiamiento de los Partidos Políticos, la Resolución Ministerial Nº 85 del 27 de marzo de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley mencionada en el Visto establece que los partidos, confederaciones o alianzas que oficializaron fórmulas o listas de candidatos para participar en la elección de autoridades nacionales, tendrán derecho a usar sin cargo en las emisoras de radiodifusión estatales o privadas los espacios que autorice el MINISTERIO DEL INTERIOR destinados a difundir sus plataformas electorales y planes de gobierno.

Que por la Resolución Nº 285/09, se reglamentó la asignación de los espacios a todas las agrupaciones políticas que participarán de las elecciones para cargos legislativos cuyos mandatos cesan el 10 de diciembre del corriente año.

Que a fin de garantizar un acceso igualitario a los medios de radiodifusión, corresponde que la DIRECCION NACIONAL ELECTORAL, a través del Departamento Gestión del Fondo Partidario Permanente, realice el sorteo con el fin de transparentar la asignación de dichos espacios a las agrupaciones políticas que participen en las elecciones nacionales fijadas para el 28 de junio del corriente año.

Que el suscripto está facultado a dictar el presente acto de acuerdo en lo establecido en bs artículos 2º, 8º y 11 de la Resolución Ministerial Nº 285 del 27 de marzo de 2009.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL ELECTORAL

DISPONE:

ARTICULO 1º — Fíjese para día 18 de mayo de 2009 como fecha para la realización del sorteo de los espacios de radiodifusión y televisión gratuitos previstos en el artículo 43 de la Ley Nº 26.215, para todos aquellos partidos, confederaciones o alianzas que hubieran oficializado candidatos para participar en las elecciones del 28 de junio de 2009 en la categoría de Senadores y Diputados que reemplazarán a aquellos cuyos mandatos finalizarán el 10 de diciembre del corriente año, en los distritos Capital Federal, Buenos Aires, Entre Ríos, Santa Fe, Corrientes y Misiones.

ARTICULO 2º — El sorteo de espacios mencionado en el artículo 1º de la presente se realizará a las 14,00 horas en el salón Presidente del Ministerio del Interior sito en 25 de Mayo 145, piso 2º, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ARTICULO 3º — Las emisiones se llevarán a cabo a partir de la hora 00,00 del día 30 de mayo y hasta la hora 08,00 del día 26 de junio de 2009 inclusive, ajustándose a las previsiones establecidas en el artículo 71 incisos f) y h) del CODIGO ELECTORAL NACIONAL Ley Nº 19.945 (t.o. Decreto Nº 2135/83) y sus modificatorias.

ARTICULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. ALEJANDRO TULLIO, Director Nacional Electoral.

e. 19/05/2009 Nº 41651/09 v. 20/05/2009

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