REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS
DENOMINACION ALFABETICA ASCENDENTE - ESTABLECESE
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
07-Ago-2018
Resumen:
ESTABLECESE LA DENOMINACION ALFABETICA ASCENDENTE, COMPUESTA POR DOS (2) CARACTERES PARA TODOS AQUELLOS EJEMPLARES DEL DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD POSTERIORES AL “Z”, INICIANDOSE CON LAS LETRAS “AA”, CONTINUANDO CON LAS LETRAS “AB” Y ASI SUCESIVAMENTE, HASTA ALCANZAR EL EJEMPLAR “ZZ”, LA QUE DEBERA SER ASENTADA EN EL ANVERSO DE LA TARJETA IDENTIFICATORIA.