CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO
SINDICATO UNIDO TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA AGUAS GASEOSAS CIUDAD DE SAN MARTIN BS AS - OTROS
Resumen:
FIJASE EL IMPORTE PROMEDIO DE LAS REMUNERACIONES DEL CUAL SURGE EL TOPE INDEMNIZATORIO, SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 245 DE LA LEY DE CONTRATO DE TRABAJO Nº 20.744 (T.O. 1976) Y SUS MODIFICATORIAS, CORRESPONDIENTE AL ACUERDO HOMOLOGADO POR LA RESOL-2016-1090-E-APN-SECT#MT Y REGISTRADO BAJO EL Nº 311/17, SUSCRIPTO ENTRE LA FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE AGUAS GASEOSAS Y AFINES (F.A.T.A.G.A.), EL SINDICATO UNIDO TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA AGUAS GASEOSAS DE LA CIUDAD DE SAN MARTIN – BUENOS AIRES Y EL SINDICATO UNIDO TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA AGUAS GASEOSAS, POR LA PARTE SINDICAL Y LA EMPRESA CERVECERIA Y MALTERIA QUILMES SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL, COMERCIAL, AGRICOLA Y GANADERA, POR LA PARTE EMPLEADORA.