Presidencia de la Nación

SUBSECRETARIA DE GOBIERNO DIGITAL


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL

Disposición 23/2019

DI-2019-23-APN-SSGD#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 28/11/2019

VISTO: El expediente electrónico EX-2019-103205979-APN-SSGD#JGM, los Decretos Nros. 87 de fecha 2 de febrero de 2017, 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y su modificatorio, 802 de fecha 5 septiembre de 2018, 744 de fecha 29 de octubre de 2019, la Resolución del entonces Ministerio de Modernización N°494 de fecha 16 de agosto de 2018 y la Disposición de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS N° 4308 de fecha 8 de noviembre de 2019, y

CONSIDERANDO

Que por el Decreto N° 802 de fecha 5 de septiembre de 2018, se crea la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DE LA NACIÓN, la que tiene dentro de sus objetivos los de diseñar, proponer y coordinar las políticas de transformación y modernización del Estado en las distintas áreas del Gobierno Nacional, su Administración central y descentralizada, y determinar los lineamientos estratégicos y la propuesta de las normas reglamentarias en la materia y definir e implementar el Plan de Modernización de la Administración Pública Nacional, su administración central y descentralizada y ejercer funciones como autoridad de aplicación del mismo.

Que mediante el Decreto N° 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y su modificatorio N° 958 de fecha 25 de octubre de 2018, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Pública centralizada hasta el nivel de Subsecretaría y los objetivos de dichas Unidades Organizativas, estableciendo entre los objetivos de la SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL dependiente de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN, los de entender en el diseño, implementación, definición de estándares y monitoreo de la Plataforma Digital del Sector Público Nacional; entender en el diseño, implementación y monitoreo del Perfil Digital del Ciudadano “Mi Argentina”; entender en el diseño, implementación, monitoreo y prestación de los servicios digitales del Estado; entre otros.

Que el Decreto del Poder Ejecutivo N° 87 de fecha 2 de febrero de 2017 creó la PLATAFORMA DIGITAL DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL con el objetivo de facilitar la interacción entre las personas y el Estado, unificar la estrategia de servicios y trámites en línea, brindando así la posibilidad de realizar trámites a través de las distintas herramientas y servicios insertos en la plataforma, como consultas, solicitud de turnos, credenciales digitales y acceso a información mediante diversos canales.

Que la aludida Plataforma Digital está compuesta, entre otros, por el Perfil Digital del Ciudadano “Mi Argentina” desde donde se implementan las credenciales digitales del ciudadano.

Que el mencionado Decreto N° 87/2017 facultaba al entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN (actual Secretaría de Gobierno de Modernización) a dictar las normas operativas, aclaratorias, y complementarias que resulten necesarias para la implementación de lo establecido en el mencionado decreto y a elaborar los planes, protocolos, cronogramas de implementación, manuales y estándares, a ser aplicados por los organismos comprendidos en dicha medida.

Que en este sentido mediante la Resolución del entonces Ministerio de Modernización N° 494 de fecha 16 de agosto de 2018 se aprobaron los NIVELES DE ACCESO AL PERFIL DIGITAL DEL CIUDADANO y el PROCESO DE VALIDACIÓN DE IDENTIDAD DEL PERFIL DIGITAL DEL CIUDADANO.

Que la mencionada Resolución delegó en la SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL la facultad de dictar las normas operativas y complementarias a la misma.

Que la validación de la identidad de la cuenta de usuario del Perfil Digital del Ciudadano “Mi Argentina” permite acceder a información de carácter personal y/o sensible, entre ellas credenciales digitales con la misma validez que la versión física.

Que, el Decreto N° 744 de fecha 29 de octubre de 2019, autorizó a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, a emitir en forma adicional al Documento Nacional de Identidad en formato tarjeta, la credencial virtual del Documento Nacional de Identidad para dispositivos móviles inteligentes, que consistirá en la réplica exacta de los datos de identificación del Documento Nacional de Identidad en formato tarjeta, como parte integrante de la Plataforma Digital del Sector Público Nacional, la que tendrá carácter opcional para el solicitante.

Que, por el artículo 3° del Decreto N° 744/19, se estableció que la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA diseñará y aprobará las características de la credencial virtual del Documento Nacional de Identidad para dispositivos móviles inteligentes con su nomenclatura, descripción y detalles de seguridad e inviolabilidad conforme las facultades conferidas por el artículo 11 de la Ley Nº 17.671 y sus modificatorias.

Que, conforme lo establece el artículo 4° del decreto N° 744/19, la credencial virtual del Documento Nacional de Identidad para dispositivos móviles inteligentes será considerada a todos los efectos Documento Nacional de Identidad, teniendo pleno valor identificatorio en todos los actos públicos y privados en los términos de la Ley Nº 17.671 y sus modificatorias.

Que la Disposición de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS N° 4308 de fecha 8 de noviembre de 2019, aprobó las características técnicas y medios de comprobación de la credencial virtual del Documento Nacional de Identidad para dispositivos móviles inteligentes (Anexo DI-2019-100092545-APN-RENAPER#MI), y los términos y condiciones particulares de la credencial virtual del Documento Nacional de Identidad para dispositivos móviles inteligentes ( Anexo DI-2019-100093384-APN-RENAPER#MI).

Que en ese sentido, resulta necesario implementar la credencial virtual del Documento Nacional de Identidad para dispositivos móviles inteligentes, como parte integrante de la PLATAFORMA DIGITAL DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL que tendrá la misma validez legal que su versión física, a través del Perfil Digital del Ciudadano “Mi Argentina”.

Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN.

Que la presente medida se dicta en el marco de lo establecido en la Resolución del entonces Ministerio de Modernización N° 494 de fecha 16 de agosto de 2018.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE GOBIERNO DIGITAL

DISPONE

ARTÍCULO 1°.- Impleméntese la credencial virtual del Documento Nacional de Identidad para dispositivos móviles inteligentes y sus Anexos Disposición DI-2019-100092545-APN-RENAPER#MI, y DI-2019-100093384-APN-RENAPER#MI, emitida por la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, la cual será considerada a todos los efectos Documento Nacional de Identidad, teniendo pleno valor identificatorio en todos los actos públicos y privados en los términos de la Ley Nº 17.671 y sus modificatorias, conforme lo establece el artículo 4° del decreto N° 744/19, en el Perfil Digital del Ciudadano “Mi Argentina”, como parte integrante de la PLATAFORMA DIGITAL DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Daniel Alejandro Abadie

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 02/12/2019 N° 92448/19 v. 02/12/2019

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII)
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