ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL
AERONAVES - PROHIBESE UTILIZACION DE DETERMINADA NAFTA
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
09-Mar-2011
Resumen:
PROHIBESE LA UTILIZACION, EN AERONAVES, DE CUALQUIER TIPO DE NAFTAS DE AUTOMOVIL COMERCIALIZADO EN EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA ARGENTINA.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 2° DE LA DISPOSICION 65/2024 DE LA DIRECCION NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL, B.O. 06/06/2024, PAGINA 83. VIGENCIA: A PARTIR DEL 06/06/2024.