Presidencia de la Nación

Disposición 202 / 1997

REGISTRO NAC.DE LA PROP.AUTOMOTOR Y CRED.PRENDARIO

Normativa / Número Fecha publicación Descripción
Normativa / Número Disposición 849 / 1996

REGISTRO NAC.DE LA PROP.AUTOMOTOR Y CRED.PRENDARIO

Fecha publicación 19-Sep-1996 Descripción
MAQUINA AGRICOLA

SERAN CONSIDERADAS MAQUINAS AGRICOLAS, VIALES O INDUSTRIALES, A LOS FINES DE LA LEY 24673, LOS SIGUIENTES BIENES AUTOPROPULSADOS: TRACTORES, COSECHADORAS, PULVERIZADORES, SEMBRADORAS, FUMIGADORAS, ENFARDADORAS, ROTOENFARDADORAS, PAVIMENTADORAS, APLANADORAS, PALAS MECANICAS, GRUAS, EXCAVADORAS, CARRETONES, MOTONIVELADORAS, CARGADORAS, MOTOTRAILLAS, ETC. CAC

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