INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
PROTOCOLO
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
27-Ago-2014
Resumen:
CUANDO LOS EXHIBIDORES NO PUEDAN DAR CUMPLIMIENTO A LA OBLIGACION DE ENVIAR LOS DATOS CONTENIDOS EN LOS FORMULARIOS DE DECLARACION JURADA EN LOS TERMINOS ESTABLECIDOS EN EL ARTICULO 2° DE LA RESOLUCION Nº 1590/14/INCAA, POR CAUSAS IMPUTABLES AL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES O CASOS FORTUITOS O DE FUERZA MAYOR, DEBERAN CUMPLIMENTAR DETERMINADO PROTOCOLO.