IMPORTACIONES
CARNES PORCINAS FRESCAS SIN HUESO
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
18-Ene-2006
Resumen:
AUTORIZASE LA IMPORTACION DE CARNES PORCINAS FRESCAS SIN HUESO, DE LOS ESTADOS DE SANTA CATARINA Y RIO GRANDE DO SUL, DE LA REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL.
Observaciones:
ABROGADA POR ART. 2º DE LA RESOLUCION Nº 738/2011 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA - B.O. 20/10/2011 - PAG. 34