Presidencia de la Nación

SUBSECRETARIA DE CALIDAD REGULACION Y FISCALIZACION


MINISTERIO DE SALUD

SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN

Disposición 19/2021

DI-2021-19-APN-SSCRYF#MS

Ciudad de Buenos Aires, 25/06/2021

VISTO el EX-2021-36221622-APN-DNTHYC#MS, la Ley N° 22.127 de fecha 28 de diciembre de 1979, sus modificatorias y complementarias y; la Decisión Administrativa N° 384 de fecha 19 de abril de 2021, las Resoluciones Ministeriales N° 450 de fecha 7 de abril de 2006, N° 1922 de fecha 13 de diciembre de 2006 y N° 1342/2007 de fecha 10 de octubre de 2007 y la Disposición N° 104/2015 de fecha 24 de noviembre de 2015 de la ex SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN y la Disposición N° 66 de fecha 22 de agosto de 2020 de la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN; y

CONSIDERANDO:

Que la planificación, capacitación y distribución equitativa de los equipos de salud, son un componente central en la política sanitaria del MINISTERIO DE SALUD.

Que las residencias del equipo de salud configuran el mejor sistema de formación de especialistas de posgrado, ofreciendo la posibilidad de profundizar en un área de conocimientos, al tiempo que se realiza una práctica intensiva en escenarios de aprendizaje.

Que, a través de las Resoluciones Ministeriales N° 450/2006 y N° 1342/2007 se crea el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD (SNARES) con el objeto de preservar la calidad de la formación, estableciendo criterios básicos para la evaluación de las residencias, los integrantes del sistema y los registros correspondientes.

Que, la mencionada Resolución Ministerial N° 450/2006 establece la rectoría del CONSEJO FEDERAL DE SALUD –COFESA- sobre dicho sistema, con el objeto de definir e impulsar las políticas y estrategias a seguir en la formación de los recursos humanos.

Que, asimismo, se determina que el Sistema Nacional de Acreditación de Residencias del Equipo de Salud sea presidido por la ex SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, quien diseña las acciones para concretar, a través de la ex DIRECCIÓN NACIONAL DE POLÍTICAS DE RECURSOS HUMANOS EN SALUD, las políticas consensuadas en el CONSEJO FEDERAL DE SALUD -COFESA-.

Que, paralelamente, actúa como Coordinador el COMITÉ TÉCNICO, integrado por representantes jurisdiccionales y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, que está conformada por Entidades representativas del sector, conforme lo establecido por Resolución Ministerial Nº 450 de fecha 7 de abril de 2006 y sus modificatorias.

Que, actualmente, el Sistema Nacional de Acreditación de Residencias del Equipo de Salud (SNARES) funciona en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, a través de la coordinación operativa de la DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO.

Que, por otra parte, el Sistema Nacional de Acreditación de Residencias del Equipo de Salud (SNARES) incluye una diversidad de entidades evaluadoras como actores relevantes en el proceso de evaluación externa.

Que a través de la Decisión Administrativa 384 de fecha 19 de abril de 2021 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE SALUD.

Que la mencionada Decisión Administrativa aprobó en la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO a la DIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO y dentro de esta última a la COORDINACIÓN DE FORMACIÓN DE PERSONAL DE LA SALUD.

Que la mencionada Coordinación tiene entre las acciones establecidas Coordinar el Sistema Nacional de Acreditación de Residencias del Equipo de Salud creada por las Resoluciones Ministeriales N° 450/2006 y N° 1342/2007, a fin de evaluar las sedes de residencia por medio de estándares de acreditación que propicien la calidad de la formación en servicio y a su vez asistir técnicamente a las Entidades Evaluadoras en relación a una correcta utilización de los instrumentos de evaluación para la acreditación de sedes de residencia.

Que el proceso de acreditación se orienta a garantizar la calidad del sistema de formación de residencias del equipo de salud.

Que la planificación, capacitación y distribución equitativa de los equipos de salud, son un componente central en la política sanitaria de este MINISTERIO.

Que la Disposición Nº 104 de fecha 24 de noviembre de 2015 de la entonces SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, aprobó los Estándares Nacionales y Contenidos Transversales, para la Acreditación de Residencias del Equipo de Salud y los formularios para la evaluación de residencias del equipo de salud (Instrumento Nacional de Residencias del Equipo de Salud, Encuesta de Residentes y Guía para los Evaluadores), que definen los criterios mínimos para la formación y el funcionamiento de las residencias, refrendados por la COMISIÓN TÉCNICA INTERJURISDICCIONAL y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD.

Que por Disposición N° 66 de fecha 20 de agosto de 2020 de la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN se aprobaron los requisitos para solicitar la acreditación de residencias en los establecimientos formadores y se establecieron los requisitos para la apertura de residencias.

Que las normas antes citadas establecen una diversidad de acciones técnico administrativas y de gestión y requieren la articulación de una multiplicidad de actores para alcanzar los resultados esperados del proceso de acreditación.

Que el escenario de formación de especialistas se ha reconfigurado y presenta nuevos desafíos para el Sistema Nacional de Acreditación de Residencias del Equipo de Salud (SNARES), lo cual requiere una mirada técnica que impulse y realice un seguimiento preciso del mismo.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO entiende dicho escenario formativo en el marco de los lineamientos actuales de políticas sanitarias, poniendo en valor el fortalecimiento del Sistema Nacional de Residencias del Equipo de Salud (SNARES).

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO está realizando una revisión de procesos técnicos y administrativos del Sistema Nacional de Acreditación de Residencias del Equipo de Salud (SNARES) para que puedan adaptarse al nuevo contexto social, sanitario y de la Administración Pública Nacional.

Que la priorización de metas establecidas por la DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO se centra en el desarrollo de nuevos lineamientos metodológicos y estrategias formativas que aseguren la calidad, mejoren y fortalezcan el Sistema Nacional de Acreditación de Residencias del Equipo de Salud.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO reconoce la complejidad de las actividades implicadas en los procesos antes mencionados, siendo indispensable articular con la diversidad de actores del Sistema, jurisdicciones e instituciones involucradas en cada una de las instancias del proceso de acreditación y re acreditación, así como también, la necesidad de diagnóstico y planificación de recursos específicos para su concreción.

Que, de acuerdo con lo anterior, la DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO entiende que resulta sustantivo la creación de un Grupo de Trabajo de Acreditación del Sistema Nacional de Residencias del Equipo de Salud (GT-SNARES) que asuma el desarrollo y supervisión de los procesos involucrados, genere y aporte tecnologías para la mejora del Sistema.

Que el Grupo de Trabajo que se crea por la presente medida, podrá diseñar y planificar estrategias para el monitoreo de procesos del Sistema Nacional de Acreditación de Residencias del Equipo de Salud (SNARES) contemplando requerimientos y necesidades según especialidades. Así también elaborar protocolos y definir procedimientos dentro del marco jurídico vigente, proponiendo el dictado de actos administrativos correspondientes.

Que el Grupo de Trabajo definirá líneas de acción para el trabajo colaborativo con otras áreas de este MINISTERIO, jurisdicciones e instituciones para el fortalecimiento de procesos relativos a la Acreditación de Residencias del Equipo de Salud; así como también, para alcanzar mejoras respecto al diseño e implementación de estrategias innovadoras en el contexto de las necesidades sanitarias emergentes y las oportunidades que facilitan nuevos marcos teóricos y nuevas tecnologías.

Que la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, considera oportuno dictar una serie de medidas para garantizar la aplicación del SISTEMA NACIONAL DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, por lo que afirma la necesidad de la creación de un Grupo de Trabajo.

Que a los fines de otorgar agilidad, precisión e inmediatez en la tramitación de los distintos expedientes y analizar las situaciones de alta complejidad advertidas, se propicia mediante el dictado de la presente medida, una nueva modalidad de trabajo mediante la creación de un Grupo de Trabajo constituido por representantes de la DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO, e instituciones invitadas ad hoc a los fines de concretar las actividades propuestas.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Ministerial N° 450 de fecha 7 de abril de 2006.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Créase el Grupo de Trabajo de Acreditación del Sistema Nacional de Residencias del Equipo de Salud (GT-SNARES) en la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO dependiente de la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN.

ARTÍCULO 2°.- Establécese que el Grupo de trabajo creado en el ARTÍCULO 1° será integrados/as por agentes designados/as por el/la titular de la DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO, pudiendo invitarse a agentes de otras áreas del MINISTERIO e instituciones designadas ad hoc para las actividades de su competencia.

ARTÍCULO 3°.- Establécese como responsable del Grupo de Trabajo creado en el ARTÍCULO 1° a la Licenciada Gladys María SKOUMAL (DNI 14.263.689).

ARTÍCULO 4°.- Dispóngase que las/los integrantes de grupo de trabajo creado en la presente desarrollaran sus objetivos con carácter ad honorem.

ARTÍCULO 5°.- El Grupo de Trabajo tendrá como objetivos generales:

a. Contribuir con el fortalecimiento del Sistema Nacional de Acreditación de Residencias del Equipo de Salud (SNARES).

b. Gestionar procesos y tecnologías para vehiculizar los procesos de acreditación de acuerdo al contexto y prioridades del sistema sanitario.

c. Gestionar y elaborar dispositivos y materiales para el fortalecimiento de las actividades de los distintos actores del Sistema Nacional de Acreditación de Residencias del Equipo de Salud (SNARES) de acuerdo a diferentes contextos.

d. Adaptar y rediseñar estrategias y mecanismos de evaluación y acreditación según necesidades del contexto y crecimiento del Sistema Nacional de Acreditación de Residencias del Equipo de Salud (SNARES)

ARTÍCULO 6°.- El presente acto administrativo no implica erogación presupuestaria.

ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.

Alejandro Salvador Costa

e. 29/06/2021 N° 44615/21 v. 29/06/2021
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