Presidencia de la Nación

Disposición 189 / 2014

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS


ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DECOMISO DE MERCADERIAS

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 26-Mayo-2014
Resumen:

UNA VEZ FIRME EL ACTO ADMINISTRATIVO QUE DISPONGA EL DECOMISO DE MERCADERIAS POR INCUMPLIMIENTO DE LOS RECAUDOS PREVISTOS EN LOS INCISOS C) Y E) DEL ARTICULO 40 DE LA LEY Nº 11.683, TEXTO ORDENADO EN 1998 Y SUS MODIFICACIONES, LOS DIRECTORES DE LAS DIRECCIONES REGIONALES DEPENDIENTES DE LAS SUBDIRECCIONES GENERALES DE OPERACIONES IMPOSITIVAS METROPOLITANAS Y DE OPERACIONES IMPOSITIVAS DEL INTERIOR, EL JEFE DEL DEPARTAMENTO LEGAL GRANDES CONTRIBUYENTES NACIONALES DEPENDIENTE DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES IMPOSITIVAS DE GRANDES CONTRIBUYENTES NACIONALES Y EL DIRECTOR DE LA DIRECCION DE CONTENCIOSO DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL DEPENDIENTE DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE TECNICO LEGAL DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL, IMPLEMENTARAN LAS ACCIONES NECESARIAS PARA LA REALIZACION DE LOS BIENES DECOMISADOS EN SUBASTA PUBLICA EFECTUADA POR SI O A TRAVES DE ENTIDADES BANCARIAS ESTATALES DE CARACTER NACIONAL, PROVINCIAL O MUNICIPAL, O POR COLEGIOS O CENTROS DE MARTILLEROS, TASADORES Y/O CORREDORES QUE TENGAN A SU CARGO, EN LA JURISDICCION, EL GOBIERNO DE LA MATRICULA DE LAS RESPECTIVAS PROFESIONES, CON LOS QUE SE FIRME CONVENIO A TALES FINES.

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