Presidencia de la Nación

DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES


MINISTERIO DEL INTERIOR

DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES

Disposición Nº 187/2010

Bs. As., 4/2/2010

VISTO el EXPDNM-S02:0002219/2010 del registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, el Decreto Nº 258 del 24 de junio de 2003 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa Nº 250 del 25 de junio de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 258/2003 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del Ministerio del Interior.

Que por la Decisión Administrativa Nº 250/2008 se aprobó la estructura organizativa del primer y segundo nivel operativo y aperturas inferiores de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado en la órbita del Ministerio del Interior.

Que la experiencia recogida desde la entrada en vigencia de la Decisión Administrativa Nº 250/2008 demuestra que para un eficaz y eficiente desenvolvimiento y cumplimiento de los objetivos y funciones confiados a la DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION resulta necesaria la creación del Area de Reconocimientos Médicos para el Interior del País de esta DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, a efectos de trabajar mancomunadamente con el Area de Medicina Laboral y Reconocimientos Médicos.

Que el Area de Reconocimientos Médicos para el Interior del País trabajará coordinadamente con el Area de Medicina Laboral y Reconocimientos Médicos.

Que en este sentido la creación del Area de Reconocimientos Médicos para el Interior del País coadyuvará a que en la totalidad del ámbito territorial en que desarrolla sus actividades esta Dirección Nacional se promueva la adopción de políticas y actividades vinculadas con la capacitación y educación sanitaria del personal, vacunación y socorrismo con el objeto de contribuir al mejoramiento de la calidad de vida y condiciones laborales del personal que presta servicios en el organismo.

Que por intermedio del Area de Reconocimientos Médicos para el Interior del País se conseguirá una mejor interacción en las relaciones con la Aseguradora de Riesgos del Trabajo, cuya contratación se efectúe para la jurisdicción, puntualmente sobre los aspectos específicos de las cuestiones médicas involucradas.

Que por otra parte corresponde asignar a la mencionada dependencia, un eminente rol consultivo respecto de las sensibles cuestiones que hacen al ámbito material de su competencia.

Que la DIRECCION GENERAL TECNICA JURIDICA de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Decisión Administrativa Nº 250 de fecha 25 de junio de 2008.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES

DISPONE:

ARTICULO 1º — Dispónese la creación del Area de Reconocimientos Médicos para el Interior del País en el ámbito de la DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION a partir de la entrada en vigencia de la presente Disposición.

ARTICULO 2º — Asígnase al Area de Reconocimientos Médicos para el Interior del País de esta DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES las misiones, funciones y responsabilidades primarias que se enuncian en el ANEXO I que integra el presente acto administrativo.

ARTICULO 3º — Desígnase al Doctor Jorge CESAR (D.N.I. 7.206.554 - Legajo Nº 40.180) como agente responsable a cargo del Area de Reconocimientos Médicos para el Interior del País que por la presente disposición se crea.

ARTICULO 4º — Regístrese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, notifíquese y archívese. — MARTIN A. ARIAS DUVAL, Director Nacional de Migraciones, Ministerio del Interior.

ANEXO I

Area de Reconocimientos Médicos para el Interior del País

ACCIONES

1.- Promover y proponer la adopción de políticas y actividades vinculadas con la capacitación y educación sanitaria del personal, vacunación y socorrismo en el ámbito de las Delegaciones ubicadas en el interior del país de manera coordinada con el Area de Medicina Laboral y Reconocimientos Médicos.

2.- Realizar acciones tendientes a la centralización de las relaciones con la Aseguradora de Riesgos del Trabajo sobre los aspectos específicos de las cuestiones médicas involucradas en el Interior del País.

3.- Ejercer un rol consultivo dentro del ámbito material de su competencia y brindar el apoyo técnico y colaboración que le sean requeridos por las distintas dependencias del organismo.

4.- Confeccionar y mantener actualizado el legajo médico del personal que desempeña funciones en las Delegaciones del interior del País de esta DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES.

5.- Confeccionar y mantener actualizado el registro de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo ocurridos al personal de las Delegaciones del interior del País de esta DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES.

6.- Efectuar los exámenes médicos que correspondan al personal, ya sea con personal propio o contratado a tal efecto, a todo el personal de las Delegaciones del interior del País de esta DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES.

7.- Efectuar toda otra actividad que para el Servicio de Medicina del Trabajo corresponda, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 19.587 y sus normas modificatorias y complementarias.

8.- Administrar, gestionar y auditar los casos y la información de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales sufridas por el personal de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES en el ámbito de su competencia.

9.- Conceder y fiscalizar las licencias especiales de su competencia y controlar las prestaciones de servicios realizadas por terceros.

10.- Implementar políticas sanitarias de manera coordinada y conjunta con el Area de Medicina Laboral y Reconocimientos Médicos.

e. 10/02/2010 Nº 12374/10 v. 10/02/2010

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