Presidencia de la Nación

DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION VEGETAL


Dirección Nacional de Protección Vegetal

SANIDAD VEGETAL

Disposición 18/2006

Declárase Area Libre de la Plaga Mosca de los Frutos a los valles de la Región Patagónica, en el marco del Programa Nacional de Control y Erradicación de Moscas de los Frutos.

Bs. As., 4/12/2006

VISTO el expediente Nº EXP-SO1:0338273/06 del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, Nº y la Resolución Nº 515 del 16 de noviembre de 2001 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y

CONSIDERANDO:

Que el PROGRAMA NACIONAL DE CONTROL Y ERRADICACION DE MOSCA DE LOS FRUTOS de la REGION PATAGONICA (PROCEM PATAGONIA) presenta los antecedentes técnicos de la situación fitosanitaria en relación al status de Area de Libre de la Plaga Mosca de los Frutos (Díptera: Tephritidae), de importancia económica a nivel mundial.

Que los antecedentes de referencia responden a la información requerida por la Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias (NIMF Nº 26) de FAO 'Establecimiento de Area Libre de plagas para moscas de los frutos (tephritidae)' y al Sub Estándar Regional en Protección Fitosanitaria (SUB-ERPF 3.2.1.) referente a los requisitos para el reconocimiento de Areas Libres de Mosca de los Frutos, desarrollado y aprobado por el COMITÉ DE SANIDAD VEGETAL DEL CONO SUR (COSAVE).

Que el Area Objetivo presenta resultados negativos en los registros de índices operacionales (trampeo y muestreo), durante la campaña 2005/2006, además de la inexistencia de detecciones de la plaga en áreas rurales de producción comercial desde el año 2000.

Que la particularidad de factores bióticos y abióticos de la Región Patagónica afectan el normal desarrollo del ciclo de vida de Anastrepha fraterculus, condicionando su reproducción y supervivencia invernal en los distintos estadios, por lo que por Disposición DNPV Nº 04/2004 la Dirección Nacional de Protección Vegetal del SENASA se declara a la Región Patagónica como Libre de Anastrepha fraterculus.

Que las condiciones de aislamiento de la región, sumada a la existencia del Sistema de Protección Cuarentenaria, previenen la infestación del área.

Que las supervisiones técnicas realizadas por la COORDINACION GENERAL DEL PROGRAMA NACIONAL DE CONTROL Y ERRADICACION DE MOSCA DE LOS FRUTOS (PROCEM), avalan la documentación presentada por la Coordinación del PROCEM - Patagonia.

Que el reconocimiento del Area Libre, facilitará las gestiones a nivel internacional lo que permitirá acceder a mercados con restricciones cuarentenarias para esta plaga sin la aplicación de medidas fitosanitarias.

Que existen recursos humanos, económicos, técnicos y legales que aseguran la sustentabilidad del PROCEM-Patagonia y del Sistema de Protección Cuarentenario Patagónico.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en ejercicio de la facultad conferida por el artículo 3º de la Resolución Nº 515 del 16 de noviembre de 2001 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE PROTECCION VEGETAL

DISPONE

Artículo 1º — Declárase como Area Libre de la Plaga Mosca de los Frutos de importancia económica (Díptero, Tephritidae) a los valles de la Región Patagónica (Alto Valle del Río Negro y Neuquén, Valle Medio del Río Negro, Valle Inferior del Río Negro, Valle del Río Colorado, Valle de Gral. Conesa, Interior de la Meseta Patagónica y Valle Inferior del Río Chubut) en el marco del Programa Nacional de Control y Erradicación de Moscas de los Frutos (PROCEM).

Art. 2º — La COORDINACION GENERAL del Programa Nacional de Control y Erradicación de Moscas de Los Frutos (PROCEM), continuará realizando el seguimiento del Area Objetivo y verificará el mantenimiento del status de Area Libre.

Art. 3º — La presente Disposición entrará en vigencia a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Diana M. Guillén.

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