MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y GESTIÓN COMERCIAL
Disposición 14/2020
DI-2020-14-APN-SSPYGC#MDP
Ciudad de Buenos Aires, 13/07/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-43107295- -APN-DGD#MPYT, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución Nº 293 de fecha 25 de septiembre de 2008 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, reglamenta los requisitos para efectuar la presentación de una solicitud de examen final por expiración del período de vigencia, como también la oportunidad en que la misma debe realizarse.
Que en virtud del plazo previsto por el Artículo 3º de la citada resolución, resulta conveniente dar a conocer, con antelación a dicho plazo, la fecha de vencimiento para la presentación de la solicitud de examen final por expiración del período de vigencia.
Que el referido artículo, establece que la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y GESTIÓN COMERCIAL de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, dará a conocer semestralmente, mediante una disposición a ser publicada en el Boletín Oficial, la nómina de medidas a vencer, según lo indicado en el Anexo IV de la Resolución Nº 293/08 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 1.393 de fecha 2 de septiembre de 2008 y el Artículo 3° de la Resolución N° 293/08 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE POLÍTICA Y GESTIÓN COMERCIAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Dase a conocer la nómina de las medidas impuestas, cuyo vencimiento se encuentra incluido en el Artículo 3° de la Resolución N° 293 de fecha 25 de septiembre de 2008 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, las cuales se detallan en el Anexo que, como IF-2020-43197955-APN-SSPYGC#MDP, forma parte integrante de la presente disposición.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Alejandro Barrios
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y GESTIÓN COMERCIAL
Disposición 14/2020
DI-2020-14-APN-SSPYGC#MDP
Ciudad de Buenos Aires, 13/07/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-43107295- -APN-DGD#MPYT, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución Nº 293 de fecha 25 de septiembre de 2008 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, reglamenta los requisitos para efectuar la presentación de una solicitud de examen final por expiración del período de vigencia, como también la oportunidad en que la misma debe realizarse.
Que en virtud del plazo previsto por el Artículo 3º de la citada resolución, resulta conveniente dar a conocer, con antelación a dicho plazo, la fecha de vencimiento para la presentación de la solicitud de examen final por expiración del período de vigencia.
Que el referido artículo, establece que la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y GESTIÓN COMERCIAL de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, dará a conocer semestralmente, mediante una disposición a ser publicada en el Boletín Oficial, la nómina de medidas a vencer, según lo indicado en el Anexo IV de la Resolución Nº 293/08 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 1.393 de fecha 2 de septiembre de 2008 y el Artículo 3° de la Resolución N° 293/08 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE POLÍTICA Y GESTIÓN COMERCIAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Dase a conocer la nómina de las medidas impuestas, cuyo vencimiento se encuentra incluido en el Artículo 3° de la Resolución N° 293 de fecha 25 de septiembre de 2008 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, las cuales se detallan en el Anexo que, como IF-2020-43197955-APN-SSPYGC#MDP, forma parte integrante de la presente disposición.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Alejandro Barrios
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 15/07/2020 N° 27461/20 v. 15/07/2020
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)