MINISTERIO DE ECONOMIA
CONSUMIDOR EN SITUACION VULNERABLE Y DE DESVENTAJA
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
30-Mayo-2024
Resumen:
TENIENDO EN CONSIDERACION LAS PREVISIONES DEL ARTICULO 1° DE LA LEY N° 24.240 Y SUS MODIFICATORIAS, SE CONSIDERA CONSUMIDOR EN SITUACION VULNERABLE Y DE DESVENTAJA A TODA PERSONA HUMANA QUE EN ATENCION A SU EDAD, GENERO, CONDICIONES DE SALUD U OTRAS CIRCUNSTANCIAS SOCIALES, ECONOMICAS O CULTURALES SEA, O PUEDA SER EN FORMA INMINENTE, PASIBLE DE CUALQUIER AFECTACION A SUS DERECHOS COMO CONSUMIDOR EN RAZON DE SU PARTICULAR CONDICION.