GANADO BOVINO PARA EXPORTACION
CERTIFICACION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
04-Ago-2006
Resumen:
ESTABLECESE QUE LAS PERSONAS FISICAS O JURIDICAS INSCRIPTAS COMO PROVEEDORES DE CARAVANAS PARA LA IDENTIFICACION DE BOVINOS DESTINADOS A FAENA PARA EXPORTACION, DEBERAN PRESENTAR ANTE LA DIRECCION DE AGROQUIMICOS, PRODUCTOS FARMACOLOGICOS Y VETERINARIOS, LA CERTIFICACION EMITIDA POR EL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 20 DE LA RESOLUCION 201/2019 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, B.O. 07/03/2019, PAGINA 41. VIGENCIA: A PARTIR DEL 08/03/2019, Y POSEE VALIDEZ POR EL TERMINO DE CUATRO (4) AÑOS.