ESPECIALIDADES MEDICINALES
REGISTRO DE ESPECIALIDADES MEDICINALES O FARMACEU.
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
03-Mayo-1995
Resumen:
ESTABLECENSE LOS REQUISITOS PARA LA SOLICITUD DE INSCRIPCION AL REGISTRO ESPECIALIDADES MEDICINALES O FARMACEUTICAS ENCUADRADAS EN EL ART.5 DEL DECRETO 150/92 (ESPECIALIDADES MEDICINALES QUE CONSTITUYAN UNA NOVEDAD EN EL PAIS CON EXCEPCION DE LO DISPUESTOEN EL ART.3º DEL DECRETO 150/92 MODIFICADO POR EL 177/93 Y EL ARTICULO 4º DEL MISMO MODIFICADO POR EL 1890/92). CAD.