MINISTERIO DE PRODUCCION
EQUIPOS ACONDICIONADORES DE AIRE
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
18-Mayo-2009
Resumen:
DETERMINASE QUE LOS EQUIPOS ACONDICIONADORES DE AIRE INDICADOS EN EL ARTICULO 2º DE LA RESOLUCION Nº 74 DE FECHA 21 DE FEBRERO DE 2003 DEL EX MINISTERIO DE LA PRODUCCION, EXPORTADOS POR LA FIRMA TOSHIBA CARRIER (THAILAND) LTD. DEL REINO DE TAILANDIA, CUMPLEN CON LAS CONDICIONES PARA SER CONSIDERADOS ORIGINARIOS DE ESE PAIS EN LOS TERMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 14 DE LA LEY Nº 22.415 (CODIGO ADUANERO).