SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
TRASLADO DE BANANA FRESCA
Resumen:
BANANAS. OBLIGATORIEDAD DTV-E. SE ESTABLECE COMO OBLIGATORIO LA UTILIZACION DEL DOCUMENTO DE TRANSITO SANITARIO VEGETAL ELECTRONICO (DTV-E) ESTABLECIDO POR LA RESOLUCION GENERAL CONJUNTA AFIP-SENASA 4297 DEL 24 DE AGOSTO DE 2018, PARA AMPARAR EL TRASLADO DE BANANA FRESCA (MUSA SPP.) EN TODO EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, APLICANDOSE LO DISPUESTO EN LA RESOLUCION MENCIONADA, PARA SU EMISION Y EJECUCION.
Observaciones:
LA PRESENTE NORMA NO SE RELACIONA CON SU ANTECEDENTE - RESOLUCION 401/2010 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA - PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL.