Disposición 1 / 2016
DIRECCION NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
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Normativa / Número
Ley 11723
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 30-Sep-1933 |
Descripción
REGIMEN LEGALREGIMEN LEGAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL.
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Normativa / Número
Decreto 1108 / 1998
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 25-Sep-1998 |
Descripción
CLAVE UNICA DE IDENTIFICACION TRIBUTARIAESTABLECESE QUE DETERMINADOS ORGANISMOS DEBERAN INCORPORAR OBLIGATORIAMENTE EN SUS REGISTROS, LA CLAVE UNICA DE IDENTIFICACION TRIBUTARIA, O LA CLAVE DE IDENTIFICACION, ASIGNADOS POR LA AFIP O EL CODIGO UNICO DE IDENTIFICACION LABORAL.
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Normativa / Número
Disposición 6 / 2013
DIRECCION NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR |
Fecha publicación 16-Ago-2013 |
Descripción
FORMATO Y CONTENIDO DE LOS FORMULARIOS DE SOLICITUD TIPO - MODIFICACIONMODIFICASE EL FORMATO Y CONTENIDO DE LOS FORMULARIOS DE SOLICITUD TIPO QUE SE UTILIZAN PARA LAS TRAMITACIONES LLEVADAS A CABO ANTE LA DIRECCION NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR, ORGANISMO DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, CONFORME A LOS ANEXOS I A XXVI QUE ACOMPAÑAN A LA PRESENTE COMO PARTE INTEGRANTE DE LA MISMA.
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Normativa / Número
Resolución 579 / 2014
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS |
Fecha publicación 05-Mayo-2014 |
Descripción
VALOR FORMULARIOS - MODIFICACIONMODIFICASE EL VALOR DE LOS FORMULARIOS DE TRAMITE TIPO QUE SE UTILIZAN PARA LAS SOLICITUDES PRESENTADAS ANTE LA DIRECCION NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR, CONFORME AL LISTADO QUE COMO PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE SE ACOMPAÑA EN EL ANEXO I.
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Normativa / Número
Ley 26994
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 08-Oct-2014 |
Descripción
APROBACIONAPRUEBASE EL CODIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION. DEROGANSE: LAS LEYES NROS. 11.357, 13.512, 14.394, 18.248, 19.724, 19.836, 20.276, 21.342 —CON EXCEPCION DE SU ARTICULO 6°—, 23.091, 25.509 Y 26.005; LA SECCION IX DEL CAPITULO II —ARTICULOS 361 A 366— Y EL CAPITULO III DE LA LEY 19.550, T.O. 1984; LOS ARTICULOS 36, 37 Y 38 DE LA LEY 20.266 Y SUS MODIFICATORIAS; EL ARTICULO 37 DEL DECRETO 1798 DEL 13 DE OCTUBRE DE 1994; LOS ARTICULOS 1° A 26 DE LA LEY 24.441; LOS CAPITULOS I —CON EXCEPCION DEL SEGUNDO Y TERCER PARRAFOS DEL ARTICULO 11— Y III —CON EXCEPCION DE LOS PARRAFOS SEGUNDO Y TERCERO DEL ARTICULO 28— DE LA LEY 25.248; LOS CAPITULOS III, IV, V Y IX DE LA LEY 26.356. DEROGANSE EL CODIGO CIVIL, APROBADO POR LA LEY 340, Y EL CODIGO DE COMERCIO, APROBADO POR LAS LEYES NROS. 15 Y 2.637, EXCEPTO LOS ARTICULOS 891, 892, 907, 919, 926, 984 A 996, 999 A 1003 Y 1006 A 1017/5.
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