Disposición 1 / 2009
ADM.NAC.DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TEC. MEDICA
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
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Normativa / Número
Disposición 1 / 2010
ADM.NAC.DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TEC. MEDICA |
Fecha publicación 12-Ene-2010 |
Descripción
ARANCEL ANUAL - MANTENIMIENTO DE INSCRIPCIONESTABLECESE QUE EL MANTENIMIENTO DE LA INSCRIPCION EN EL “REGISTRO DE PRODUCTORES Y PRODUCTOS DE TECNOLOGIA MEDICA” DE TODO PRODUCTO MEDICO DEVENGARA UN ARANCEL ANUAL DE PESOS CIENTO SETENTA Y CINCO ($ 175.-) EL QUE SE HARA EFECTIVO POR AÑO VENCIDO.
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Normativa / Número
Resolución 1137 / 2011
SECRET.D/LA PROGRAMACION P/LA PREVENCION D/LA DROG |
Fecha publicación 04-Ago-2011 |
Descripción
SUSTANCIAS - AUTORIZACIONCONSIDERAR QUE CUENTAN CON LA PREVIA Y EXPRESA AUTORIZACION A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 4º DE LA LEY Nº 26.045 TODAS LAS PERSONAS FISICAS QUE ADQUIERAN EN EL TERMINO DE UN (1) MES CALENDARIO LAS SUSTANCIAS INCLUIDAS EN LAS LISTAS I Y II DEL ANEXO I DEL DECRETO Nº 1095/96, MODIFICADO POR SU SIMILAR Nº 1161/00, DESTINADAS EXCLUSIVAMENTE A SU UTILIZACION DOMESTICA Y COMO USUARIOS FINALES EN CANTIDADES INFERIORES A LAS QUE SE DETALLAN EN EL ANEXO I DE LA PRESENTE RESOLUCION, A ESOS FINES, AL SOLO EFECTO DE DICHAS ADQUISICIONES Y EN LAS CANTIDADES ALLI ESTABLECIDAS, SIEMPRE QUE CUMPLAN EL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO EN LOS ARTICULOS 2º Y 3º DE LA PRESENTE RESOLUCION.
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Normativa / Número
Disposición 2414 / 2012
ADM.NAC.DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TEC. MEDICA |
Fecha publicación 03-Mayo-2012 |
Descripción
ARANCEL ANUAL - MANTENIMIENTO DE INSCRIPCIONESTABLECESE QUE EL MANTENIMIENTO DE LA INSCRIPCION EN EL “REGISTRO DE PRODUCTORES Y PRODUCTOS DE TECNOLOGIA MEDICA” DE TODO PRODUCTO MEDICO DEVENGARA UN ARANCEL ANUAL DE PESOS CUATROCIENTOS ($ 400.-) EL QUE SE HARA EFECTIVO POR AÑO VENCIDO.
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Normativa / Número
Disposición 5098 / 2013
ADM.NAC.DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TEC. MEDICA |
Fecha publicación 16-Ago-2013 |
Descripción
ARANCEL ANUAL - MANTENIMIENTO DE INSCRIPCIONESTABLECESE QUE EL MANTENIMIENTO DE LA INSCRIPCION EN EL “REGISTRO DE PRODUCTORES Y PRODUCTOS DE TECNOLOGIA MEDICA” DE LOS PRODUCTOS MEDICOS DEVENGARA UN ARANCEL ANUAL.
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