ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
DIRECCION REGIONAL NEUQUEN
Disposición Nº 96/2007
Dirección Regional Neuquén. Régimen de reemplazos en Jurisdicción de Agencia Viedma.
Neuquén, 27/8/2007
VISTO la Disposición Nº 250/07 (AFIP), mediante la cual se modifica la estructura organizativa, y
CONSIDERANDO
Que como consecuencia de dicha modificación, mediante Disposición 279/07 (SGRH) se nombra a las distintas jefaturas de la nueva Agencia Viedma.
Que en mérito a esta situación se debe realizar un nuevo régimen de reemplazos para las jefaturas intermedias, en el ámbito de esa dependencia.
Que por razones operativas es preciso disponer un régimen de reemplazo para la jefatura de Agencia, teniendo en cuenta los requisitos necesarios para cumplir con la tarea de Juez Administrativo.
Que por los motivos expuestos la presente se reemplaza la parte pertinente al Distrito Viedma de la Disposición Nº 151/03 (DI RNEU).
Que en ejercicio de las facultades conferidas a esta Jefatura de Dirección Regional por la Disposición 146/00 (AFIP) de fecha 28 de Febrero de 2000, se procede en consecuencia.
POR ELLO,
EL DIRECTOR (INT) DE LA DIRECCION REGIONAL NEUQUEN DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DISPONE:
ARTICULO 1º — Establecer un Nuevo Régimen de Reemplazos Transitorios, para casos de ausencia o impedimento de las Jefaturas de las Unidades de Estructura de la Agencia Viedma dependiente de esta Dirección Regional Neuquén, el que quedará dispuesto de la siguiente manera:
AGENCIA VIEDMA | 1º Reemplazo – Sección Verificaciones |
2º Reemplazo – Oficina Jurídica | |
SECCION VERIFICACIONES | 1º Reemplazo – Sección Trámites |
2º Reemplazo – Sección Recaudación | |
SECCION RECAUDACION | 1º Reemplazo – Sección Trámites |
2º Reemplazo – Oficina Jurídica | |
SECCION TRAMITES | 1º Reemplazo – Sección Verificaciones |
2º Reemplazo – Sección Recaudación | |
OFICINA JURIDICA | 1º Reemplazo – Sección Recaudación |
2º Reemplazo – Sección Verificaciones |
ARTICULO 2º — Dejar sin efecto la parte pertinente al ex Distrito Viedma de la Disposición 151/03 (DI RNEU).
ARTICULO 3º — Darle a la presente vigencia a partir del día 6 de Agosto de 2007.
ARTICULO 4º — Regístrese, publíquese, comuníquese, notifíquese a los interesados, y archívese. — Cont. Púb. JORGE W BARBONA, Director (int.), Dirección Regional Neuquén.
e. 6/11 Nº 562.638 v. 6/11/2007